Ilmo. Sr.: De acuerdo con el informe emitido por la Comisión Permanente de la Junta Nacional de Universidades, a efectos de oposiciones, concursos de acceso, concursos de traslados y nombramientos de Tribunales para ingreso a los Cuerpos de Catedráticos Numerarios, Profesores Agregados y Profesores Adjuntos de Universidad, a que se refiere el Decreto 2211/1975, de 23 de agosto,
Este Ministerio ha dispuesto:
A los efectos previstos en esta Orden, se declaran análogas a la Agregaduría de «Biología para Médicos» («Citogenética humana), de las Facultades de Medicina, las cátedras y plazas siguientes:
«Histología» de Medicina, «Biología celular médica», de Medicina, «Genética», de Medicina, «Biología para Médicos», de Medicina, «Histología y Anatomía patológica», de Medicina, «Citología e Histología», de Medicina y Ciencias, «Genética» (Citogenética), de Ciencias, «Genética general», de Ciencias, «Citología», de Ciencias.
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 6 de febrero de 1981.–P. D. (Orden ministerial de 18 de junio de 1979), el Director general de Ordenación Académica y Profesorado, Vicente Gandía Gomar.
Ilmo. Sr. Director general de Programación Académica y Profesorado.
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