El Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Valencia, a través de su Consejo Superior, eleva a este Departamento, en uso de las atribuciones reconocidas en sus Estatutos, propuesta de creación del Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Murcia. El progresivo desarrollo constitucional de los regímenes autonómicos aconseja adecuar los órganos colegiados profesionales al ámbito territorial de las diferentes Comunidades Autónomas y Entes Preautonómicos con el fin de asegurar y potenciar su representatividad.
En su virtud, cumplidos los trámites legales establecidos y en uso de la autorización concedida por el artículo cuarto de la Ley de Colegios Profesionales de trece de febrero de mil novecientos setenta y cuatro, a propuesta del Ministro de Agricultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día doce de diciembre de mil novecientos ochenta,
DISPONGO:
Se crea, por segregación del Colegio Oficial de Valencia, el Colegio Oficial de Ingenieros Agrónomos de Murcia, identificando su ámbito territorial y capitalidad con los de la provincia.
Queda modificado el ámbito territorial señalado en el artículo quinto de la Orden de veintiséis de octubre de mil novecientos sesenta y ocho al Colegio Oficial de.Ingenieros Agrónomos de Valencia, que dejará de comprender la provincia de Murcia.
Dado en Madrid a doce de diciembre de mil novecientos ochenta.
JUAN CARLOS R.
El Ministro da Agricultura,
JAIME LAMO DE ESPINOSA Y MICHELS DE CHAMPOURCIN
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