Ilmo. Sr.: Accediendo a lo solicitado por determinados Ayuntamientos sobre clasificación de los respectivos Juzgados de Paz, en atención al número de habitantes, como población de derecho, según datos obtenidos del Instituto Nacional de Estadística.
Este Ministerio, previo informe del Consejo General del Poder Judicial, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/1967, de 8 de abril, y disposiciones concordantes, ha tenido a bien disponer que los Juzgados de Paz que a continuación se relacionan queden clasificados como de más de 7 000 habitantes, a efectos de lo que dispone el articulo 18 del Decreto de 29 de julio de 1977.
Campello (Alicante).
Muchamiel (Alicante).
Sax (Alicante).
Vilassar del Mar (Barcelona).
Valle del Dubra (La Coruña).
Mejorada del Campo (Madrid).
Rincón de la Victoria (Málaga).
Guillena (Sevilla).
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 31 de diciembre de 1980.
FERNÁNDEZ ORDOÑEZ
Ilmo. Sr. Secretario Técnico de Relaciones con la Administración de Justicia.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid