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Excelentísimos señores:
La Orden de este Departamento de 2 de enero de 1981 ha establecido la delegación de determinadas atribuciones del Ministro en el Director de la Seguridad del Estado. Subsecretario, Directores generales y otras autoridades del Departamento. La regulación posterior mediante Real Decreto 1801/1981, de 24 de julio, de las Delegaciones Generales del Gobierno en el territorio de las Comunidades Autónomas, bajo la dependencia orgánica del Ministro del Interior, hace precisa la aplicación a estas unidades de las normas de delegación de atribuciones precisas para una más eficaz gestión administrativa.
En su virtud, y de conformidad con lo previsto en el artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, este Ministerio ha dispuesto:
Se delegan en los Delegados generales del Gobierno en los territorios de las Comunidades Autónomas de Cataluña. País Vasco y Galicia las siguientes atribuciones:
a) La facultad de nombrar comisiones de servicio con derecho a dietas dentro del territorio nacional, respecto del personal adscrito a la plantilla de la Delegación respectivas, hasta el límite de los créditos autorizados, a cada una de las citadas Delegaciones, para esta finalidad.
b) La autorización y disposición de los gastos de los Servicios de dichas Delegaciones Generales del Gobierno, dentro del límite de las consignaciones presupuestarias especificas asignadas a cada una de las citadas Delegaciones, así como la correspondiente facultad para contratar.
Siempre que se haga uso de las delegaciones contenidas en esta Orden deberá hacerse constar así en la resolución pertinente.
Las delegaciones de atribuciones que se establecen en la presente Orden no serán obstáculo para que el Ministro del Interior pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos y expedientes considere oportunos.
Lo que comunico a VV. EE. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. EE
Madrid, 29 de octubre de 1981.
ROSON PEREZ
Excmos. Sres. Delegados del Gobierno en los Territorios de las Comunidades Autónomas de Cataluña. País Vasco y Galicia y Subsecretario del Interior.
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