Padecido error por omisión de la tercera de las disposiciones finales en el texto remitido para la publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 250, de fecha 28 de octubre de 1981, a continuación se transcribe la expresada disposición:
El presente Real Decreto entraré en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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