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Documento BOE-A-1981-25193

Orden de 26 de octubre de 1981 por la que se acuerda la ejecución de la sentencia dictada en 23 de septiembre de 1981 por la Sala Quinta del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Profesional de Funcionarios de la Inspección Financiera y Tributaria, en impugnación del Real Decreto 490/1978, de 2 de marzo.

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 28 de octubre de 1981, páginas 25289 a 25289 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1981-25193
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1981/10/26/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: En el recurso contencioso-administrativo seguido en única instancia ante la Sala Quinta del Tribunal Supremo, entre la Asociación Profesional de Funcionarios de la Inspección Financiera y Tributaria, representada por el Procurador don Santos de Gandarillas Carmona, con defensa de Letrado, como demandante, y de otra parte, como demandada, la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, en impugnación del Real Decreto 490/1978, de 2 de marzo, que da normas para la aplicación del Real Decreto-ley 40/1977, que reorganiza la Inspección Financiera y Tributaria, y las Ordenes del Ministerio de Hacienda de 26 de abril y 14 de octubre de 1978, que fijan, la primera, las condiciones para poder participar en el concurso de méritos y cubrir las plazas de Inspectores directivos en el primer concurso que se convoque y convoca ese concurso, y la segunda, aprueba la relación del Tribunal calificador v de Inspectores directivos nombrados, se ha dictado sentencia con fecha de 23 de septiembre de 1981, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que rechazamos las causas de inadmisibilidad formuladas por el Abogado del Estado en su contestación a la demanda; desestimamos las causas de nulidad formales del Real Decreto 490/1978, de 2 de marzo, y estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Profesional de Funcionarios de la Inspección Financiera y Tributaria, declarando la nulidad del artículo quinto de dicho Real Decreto, en cuanto atribuye al Ministerio de Hacienda la facultad de dictar normas a las que deberán ajustarse los concursos de méritos que se convoquen para cubrir las plazas de las categorías de Inspectores directivos, y de su disposición final, por ser contrarios al ordenamiento jurídico, y declaramos igualmente la nulidad de las Ordenes del Ministerio de Hacienda de 26 de abril de 1978 que efectuó la convocatoria dando las normas sobre los méritos computables y su valoración, al ser nulo’ el Real Decreto en cuanto le autorizaba para ello, y la Orden del mismo Ministerio de 14 de octubre de igual año, resolutoria del concurso cuya convocatoria se deja sin efecto; desestimando las demás pretensiones de la demanda, y condenando a la Administración General del Estado a estar y Pasar por estas declaraciones y adoptar las medidas precisas para su efectividad; todo ello sin especial condena en las costas causadas en este proceso.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" e insertará en la "Colección Legislativa", lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla y ejecute en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que digo a VV. II. para su conocimiento y demás efectos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 26 de octubre de 1981.‒P. D., el Subsecretario de Hacienda, Arturo Romani Biescas.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Hacienda e Inspector central.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/10/1981
  • Fecha de publicación: 28/10/1981
Referencias anteriores
  • DISPONE el cumplimiento de la Sentencia:
    • del TS de 23 de septiembre de 1981 que declara la nulidad de la Orden de 14 de octubre de 1978 (Ref. BOE-A-1978-26766).
    • del TS de 23 de septiembre de 1981 que declara la nulidad de la Orden de 26 de abril de 1978 (Ref. BOE-A-1978-11900).
    • del TS de 23 de septiembre de 1981 que declara la nulidad de lo indicado del art. 5 y la disposición final del Real Decreto 490/1978, de 2 de marzo (Ref. BOE-A-1978-7503).
Materias
  • Cuerpo de Ingenieros Industriales al Servicio de la Hacienda Pública
  • Cuerpo de Inspectores de los Tributos
  • Cuerpo de Inspectores Técnicos Fiscales del Estado
  • Cuerpo de Intendentes al Servicio de la Hacienda Pública
  • Cuerpo Especial de Inspectores Financieros y Tributarios
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Oposiciones y concursos

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