Ilmo. Sr.: Vista la propuesta formulada por el Rectorado de la Universidad de Granada, en solicitud de aprobación de las normas para la obtención del grado de Licenciado en la Facultad Ciencias de la mencionada Universidad;
Considerando que esta propuesta ha sido aprobada por la Junta de la Facultad de Ciencias del día 5 de mayo de 1980, e informada favorablemente por la Junta de Gobierno de la Universidd de Granada en su sesión celebrada el día 15 de diciembre de 1980, y visto el dictamen favorable emitido por la Comisión Permanente de la Junta Nacional de Universidades con fecha 25 de mayo de 1981,
Este Ministerio ha dispuesto:
Aprobar la normativa para la obtención del grado de Licenciado en la Facultad de Ciencias de la Universidad de Granada, que será de la forma siguiente:
Las pruebas finales para la colación del grado de Licenciado en Ciencias, Sección de Químicas (Especialidades de Química fundamental. Bioquímica. Química industrial y didáctica) podrán tener dos modalidades entre las que el alumno elegirá si las disponibilidades de los Departamentos lo permiten.
Primera modalidad: Examen de Licenciatura
Constará de los siguientes ejercicios:
a) Resolución de problemas numéricos, que comprenden tanto materias generales como de la especialidd del alumno.
b) Desarrollo por escrito de un tema sacado al azar de un temario compuesto por 25 temas referentes a las materias del primer cliclo y 10 de la especialidad del alumno. Dichos temas se harán públicos por el Tribunal calificador en el primer trimestre del curso académico. Una vez realizado el ejercicio será leído públicamente.
c) Un ejercicio práctico de laboratorio, de la especialiad del alumno. Todos los ejercicios serán eliminatorios en esta modalidad.
Segunda modalidad: Tesina de Licenciatura
Consistirá en:
a) Realización de un trabajo de investigación sobre un tema de las disciplinas de «Química», bajo la dirección de un Doctor. En las solicitudes de los alumnos que elijan esta modalidad deberá constar la aceptación del Director del trabajo y, en su caso, el visto bueno del Director del Departamento en que vaya a realizarse. Si la tesina no se realiza en un Departamento de la Facultad, deberá ser visada por un Ponente, Profesor numerario de la Sección de Químicas.
b) Exposición de la tesina de Licenciatura ante el Tribunal durante un tiempo máximo de media hora, seguida de la defensa de la misma. Este ejercicio será público. La Junta de Sección propondrá o nombrará, según las atribuciones delegadas, el Tribunal que ha de juzgar estas pruebas dentro del primer trimestre del curso académico. El Tribunal, que podrá ser el mismo para ambas modalidades, estará formado por cinco Profesores numerarios de la Sección, actuando de Presidente un Catedrático Director de Departamento. Las fechas de presentación y defensa de las tesinas podrán no tener carácter fijo con objeto de agilizar en lo posible esta modalidad. La Junta de Sección acordará las normas que sean necesarias para la realización de estas pruebas finales. Las pruebas de Licenciatura en «Ciencias físicas» por la Universidad de Granada se establecen bajo la doble modalidad de tesina o examen de reválida.
Modalidad de tesina
Consistirá en la realización de un trabajo de investigación bajo la dirección de un Doctor. Cuando el Director del trabajo no sea Profesor de la Sección se exigirá un Ponente del trabajo que sea Profesor de la Sección. Antes de la presentación del trabajo, los aspirantes se mantricularán para la defensa oral y pública del mismo ante un Tribunal, de acuerdo con los plazos previstos en la Secretaría de la Facultad. Al menos quince días antes de la defensa del trabajo, deberán presentarse cuatro ejemplares del mismo en la Secretaría de la Facultad, de los cuales uno estará a disposición de cualquier miembro de la Sección y los restantes para los miembros del Tribunal.
Modalidad de examen de reválida
Consistirá en la realización de tres ejercicios:
Primer ejercicio. Será escrito y consistirá en la resolución de problemas. Para la realización de este jercicio los aspirantes podrán disponer de los libros que se juzguen oportunos.
Segundo ejercicio. Para la realización de este ejercicio, el Tribunal propondrá al aspirante tres temas, extraídos de los programas de las asignaturas cursadas por él, con veinticuatro horas de antelación al comienzo del ejercicio. En este momento, el Tribunal indicará el tema a desarrollar de entre los tres propuestos.
Tercer ejercicio. Consistirá en la realización de un ejercicio práctico por los aspirantes. En este caso el Tribunal anunciará con un plazo de veinticuatro horas el laboratorio en el que se realizará el mismo.
Tribunales
El Tribunal estará constituido en ambos casos por tres Profesores titulares, con la condición de que no sean dos del mismo Departamento. Se añadirán hasta cinco Profesores suplentes, de modo que, en el Tribunal, no concurran más de dos Profesores de un mismo Departamento.
Calificaciones
En la modalidad de reválida, y si la calificación obtenida es más baja que la media de la Licenciatura, se ofrecerá al aspirante la posibilidad, por una sola vez, de renunciar a su calificación.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 25 de junio de 1981.–P. D., el Director general de Ordenación Académica y Profesorado, Vicente Gandía Gomar.
Ilmo. Sr. Director general de Ordenación Académica y Profesorado.
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