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Convocado por Real Decreto 1835/1981, de 20 de agosto, Referéndum sobre el Proyecto de Estatuto de Autonomía para Andalucía, se hace preciso determinar los modelos oficiales de papeletas de votación, de conformidad con el artículo 16, 1, de la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, y artículo 3.°, 1, del Real Decreto 1836/1981, de 20 de agosto.
En su virtud, esta Dirección General de Política Interior ha tenido a bien disponer que los modelos a confeccionar por la misma tengan las siguientes características: papel blanco, en cualquier tonalidad; gramaje aproximado 70 gramos metro cuadrado; tamaño aproximado 150 por 105 milímetros; impresión en una sola cara, con la leyenda: «Referéndum Estatuto Autonomía Andalucía». «¿Aprueba el Proyecto de Estatuto de Autonomía para Andalucía?», y recuadro de 20 por 17 milímetros con las posibles opciones electorales «SI». «NO» y en blanco. Dichos modelos se incluyen como anexo de la presente resolución.
Madrid, 26 de agosto de 1981.‒El Director general, Juan Gómez Arjona.
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