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Documento BOE-A-1981-1704

Orden de 26 de diciembre de 1980 por la que se crea el Premio Nacional de Artesanía «Marqués de Lozoya» y se convoca el correspondiente al año 1981.

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 1981, páginas 1621 a 1622 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1981-1704
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1980/12/26/(5)

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: Estimular y fomentar la investigación en el campo de la artesanía española como fenómeno cultural y etnográfico constituye una de las funciones a desempeñar por el Instituto de la Juventud y Promoción Comunitaria. A través de ello se pretende no sólo alcanzar el conocimiento, a niveles óptimos, de la realidad artesana en el pasado y en el presente, sino que se busca, partiendo de las raíces y formas expresivas en toda su dinámica temporal, potenciar al máximo las posibilidades de mantener vivo el acervo artesano al mismo tiempo que se propician nuevas técnicas para su enriquecimiento.

Semejante tarea puede realizarse, entre otros, por medio de la convocatoria anual de un premio destinado a cuantos puedan aportar con su obra elementos de valor a los fines señalados, convocatoria que se producirá asociada a la figura del Marqués de Lozoya, rindiendo pon ello tributo, al mismo tiempo, a quien tanto hizo por nuestra cultura.

En su virtud, a propuesta del Instituto de la Juventud y Promoción Comunitaria, este Ministerio dispone:

Artículo 1.

Se crea el Premio Nacional de Artesanía «Marqués de Lozoya», que se otorgará anualmente, dotado con dos millones de pesetas.

Artículo 2.

Se concederá al mejor trabajo inédito sobre artesanía española, aportando elementos de valor en alguno de los aspectos siguientes:

a) Conocimiento de los orígenes, localización y evolución de cualquier forma artesana; b) su trascendencia, considerada al menos desde alguna de las siguientes perspectivas: Cultural, social, económica; c) desarrollo de nuevas formas expresivas; d) contribución al fomento de la actividad artesana, tanto en sus formas más tradicionales, como en aquellas otras que asuman la dinámica estética inherente a la realidad cultural.

Artículo 3.

Se convoca el Premio Nacional de Artesanía «Marqués de Lozoya» para 1981, de acuerdo con las bases que figuran como anexo a la presente Orden.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 26 de diciembre de 1980.

CAVERO LATAILLADE

Ilmos. Sres. Subsecretario de Cultura y Directora general de Juventud y Promoción Sociocultural.

ANEXO

Bases

Primera.

Podrán concurrir al Premio Nacional de Artesanía «Marqués de Lozoya» todas las personas de nacionalidad española e hispanoamericana que lo soliciten, de acuerdo con lo especificado en las presentes bases.

Segunda.

Los trabajos, escritos en castellano, serán inéditos y se presentarán por septuplicado ejemplar, acompañados de un escrito en el que se indique el clan de actuación y metodología que se ha seguido en su realización, así como cualquier otro dato que se desee aportar.

En todo caso aquéllos se desarrollarán teniendo en cuenta lo establecido en el artículo segundo de la Orden a que corresponden estas bases.

Tercera.

1. La instancia de solicitud para tomar parte en el Premio deberá dirigirse al Director general del Instituto de la Juventud y Promoción Comunitaria, Ministerio de Cultura, paseo de la Castellana, número 109, Madrid-16, pudiendo presentarse por cualquiera de los medios a que se refieren los artículos 65 y 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

2. Se acompañará a dicha solicitud:

a) Currículum vitae de la persona o personas que envíen trabajos para optar al Premio, especificando asimismo si se presenta bajo seudónimo.

b) Declaración jurada, en la que se hará constar que el trabajo presentado no se ha publicado ni difundido en España ni en el extranjero.

Cuarta.

El plazo de presentación de los trabajos finalizará a las doce del día 30 de junio de 1961.

Quinta.

El Jurado estará formado por dos representantes de una Facultad Universitaria de Filosofía y Letras, en las ramas de «Historia y Arqueología», un representantes de la Federación Nacional de Gremios Artesanos, así como dos representantes del Ministerio de Cultura, uno de los cuales lo será del Instituto de la Juventud y Promoción Comunitaria que actuará de Secretario.

Ostentará la presidencia de aquél el Subsecretario de Cultura o persona en quien delegue.

Sexta.

Si a juicio del Jurado ninguno de los trabajos presentado reuniese méritos suficientes para ser galardonado con el Premio, éste se declarará desierto. No obstante, y en tal caso solamente, podrá acordar la concesión de un, accésit de doscientas cincuenta mil pesetas al trabajo que, en su caso, se hubiera hecho acreedor a un segundo premio.

Séptima.

El fallo del Jurado será inapelable; se dará a conocer el día 12 de octubre de 1981 y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» mediante Resolución de la Dirección del Instituto de la Juventud v Promoción Comunitaria.

Octava.

1. La Dirección del Instituto de la Juventud y Promoción Comunitaria se reserva el derecho de proceder a la publicación del trabajo sobre el que recaiga el Premio o, en su caso, el accésit. La primera edición estaré exenta de derechos de autor y su tirada máxima será de cinco mil ejemplares. Las sucesiva* ediciones que pudieran decidir libremente el expresado Organismo devengarán derechos de autor en cuantía equivalente al 10 por 100 del precio de venta a! público.

2. Los trabajos no premiados serán devueltos a petición de sus autores, dentro do los tres meses siguientes a la fecha de publicación del fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Novena.

La concurrencia a este Premio supone la aceptación de las presentes bases.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/12/1980
  • Fecha de publicación: 23/01/1981
Materias
  • Artesanía
  • Premios

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