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Documento BOE-A-1981-15813

Ley 27/1981, de 24 de junio, de concesión de un crédito extraordinario de 824.128.500 pesetas con destino a satisfacer los gastos de los referéndum de los Estatutos de Autonomía para el País Vasco y Cataluña.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 16 de julio de 1981, páginas 16172 a 16172 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1981-15813
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/1981/06/24/27

TEXTO ORIGINAL

DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Articulo 1.

Se concede un crédito extraordinario de ochocientos veinticuatro mlilones ciento veintiocho mil quinientas pesetas, aplicado al Presupuesto en vigor de la Sección dieciséis, «Ministerio del Interior»; Servicio cero uno, «Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales»; concepto nuevo doscientos cincuenta y ocho, «Para satisfacer toda clase de gastos, incluso de personal que se presenten en la celebración de los Referéndum de los Estatutos de Autonomía para el País Vasco y Cataluña».

Articulo 2.

El importe del mencionado crédito extraordinario se cubrirá con anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio de la Zarzuela, Madrid, a veinticuatro de junio de mil novecientos ochenta y uno.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno.

LEOPOLDO CALVO SOTELO Y BUSTELO

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 24/06/1981
  • Fecha de publicación: 16/07/1981
  • Fecha de entrada en vigor: 05/08/1981
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Materias
  • Cataluña
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • País Vasco
  • Referéndum

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