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Documento BOE-A-1981-15181

Orden de 7 de julio de 1981 por la que se modifica la composición y funciones de la Junta de Compras del Departamento.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 9 de julio de 1981, páginas 15680 a 15681 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1981-15181
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1981/07/07/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

El Decreto 3286/1968, de 26 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 13 de enero de 1969), estableció las competencias y atribuciones de las Juntas de Compras de los Departamentos de la Administración Civil del Estado que, bajo la dependencia de sus respectivas Subsecretarías, se constituirían de acuerdo con la particular estructura de cada Ministerio. En cumplimiento de dicha norma se han dictado distintas Ordenes ministeriales estableciendo la composición de la Junta de Compras de la Presidente del Gobierno, entre ellas la de 13 de mayo de 1978 y la de 14 de noviembre de 1980. La reciente reestructuración departamental operada por Real Decreto 325/1981, de 6 de marzo, impone adecuar a éste la composición de dicha Junta.

En su virtud, esta Presidencia del Gobierno ha tenido a bien disponer:

1.° Bajo la dependencia de la Subsecretaría y conforme a lo dispuesto en el Decreto 3186/1968, de 26 de diciembre, la Junta de Compras del Departamento estará compuesta por los siguientes miembros:

Presidente: El Director general de Inspección y Servicios.

Vocales:

El Oficial Mayor, que asumirá la Vicepresidencia.

El Subdirector general de Gestión Económica y Financiera.

El Inspector general de Servicios.

Dos representantes a propuesta de los Centros a los que corresponda la adquisición de que se trate, y

El Jefe del Servicio de Régimen Interior, quien actuará como Secretario.

2.° Cuando la Junta actúe como Mesa de Contratación, formarán también parte de la misma un Abogado del Estado de la Asesoría Jurídica departamental y el Interventor Delegado en el Ministerio de la Intervención General de la Administración del Estado.

3.º El Presidente de la Junta podrá disponer la incorporación, a la misma de los funcionarios técnicos que requiera la especialización de los asuntos sometidos a su consideración o la naturaleza de las adquisiciones a realizar.

4.°1 Las competencias de la Junta de Compras ministerial serán, respecto de los Organismos comprendidos en la Sección 11 de los Presupuestos Generales del Estado, las que especifica el articulo primero del Decreto 3286/1968 y conforme a la normativa que establecen ios artículos tercero a noveno y el undécimo de la misma disposición.

2. Le corresponde asimismo la convocatoria de todas las licitaciones, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos legales en las propuestas de gastos y en la documentación presentada; la adjudicación provisional, la elevación de propuestas para aprobación definitiva por la autoridad competente y, en casos de concurso-subasta, la propuesta de admisión previa de oferentes.

3. Con el fin de actuar con la debida agilidad en pequeñas adquisiciones de bienes de uso necesarios al habitual desenvolvimiento de los servicios, los distintos Centros directivos quedan autorizados para su contratación, siempre que el importe de gasto correspondiente a los mismos no exceda de 100.000 pesetas por Centro y año. De la contratación efectuada en este régimen so dará cuenta trimestralmente a la Junta de Compras departamental.

4. Al Presidente de la Junta le corresponde establecer las normas de funcionamiento interno que en cada caso exija el desarrollo de las competencias anteriormente citadas.

5.° Quedan derogadas las Ordenes ministeriales de 13 de marzo de 1978 y de 14 de noviembre de 1980.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 7 de julio de 1981.

CABANILLAS GALLAS

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Inspección y Servicios de la Presidencia del Gobierno.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 07/07/1981
  • Fecha de publicación: 09/07/1981
  • Fecha de derogación: 27/05/1983
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Contratación de la Administración del Estado
  • Ministerio de la Presidencia
  • Presidencia del Gobierno
  • Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia

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