Ilustrísimos señores:
Por Real Decreto 844/1981, de 8 de mayo, se modificó la estructura orgánica de la Dirección General de la Producción Agraria, creándose la Subdirección General de Ordenación de la Oferta y adecuando la Subdirección General de la Producción Animal a las nuevas circunstancias, con objeto de obtener una mayor agilidad y coordinación en el proceso administrativo.
Por lo cual, en uso de las facultades que me están conferidas y previa aprobación de la Presidencia del Gobierno,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
La Sección de Gestión y Seguimiento de Programas pasa a depender directamente del Director general de la Producción Agraria.
Las Unidades afectadas por al Real Decreto 844/1981, de 8 de mayo, para el desarrollo de sus funciones, se estructuran en las siguientes Unidades:
1. Subdirección General de la Producción Animal.
Dependiendo directamente del Subdirector general los Negociados de:
‒ Coordinación Administrativa.
‒ Gestión de Procedimiento.
‒ Administración Financiera.
1.1 Servicio de Producción Animal.
1.1.1 Sección de Ganado Bovino:
‒ Negociado de Acción Concertada y Mejora de la Producción de Carne.
‒ Negociado de Mejora y Ordenación de la Producción de Leche.
1.1.2 Sección de Ganado Ovino y Caprino:
‒ Negociado de Mejora y Ordenación de la Producción Ovina.
‒ Negociado de Mejora y Ordenación de la Producción Caprina.
1.1.3 Sección de Ganado Porcino, Aves y Otras Especies:
‒ Negociado de Ganado Porcino.
‒ Negociado de Avicultura y Otras Especies.
1.2 Servicio de Medios de la Producción Animal.
1.2.1 Sección de Reproducción Animal:
‒ Negociado de Centros Nacionales de Selección y Reproducción Animal.
‒ Negociado de Servicios Aplicativos de la Reproducción.
‒ Negociado de Adquisición y Difusión de Ganado Reproductor.
1.2.2 Sección de Alimentación Animal:
‒ Negociado de Ordenación y Fomento de Empleo de Piensos y Recursos Alimenticios Diversos.
‒ Negociado de Registros de Piensos, Correctores y Aditivos.
2. Subdirección General de Ordenación de la Oferta.
2.1 Servicio de Estructuras Económicas y Relaciones Interprofesionales.
2.1.1 Sección de Organizaciones Económicas de los Productores Agrarios:
‒ Negociado de Promoción y Asistencia.
‒ Negociado de Registro.
2.1.2 Sección de Centros Físicos de Contratación:
‒ Negociado de Reglamentación.
‒ Negociado de Planificación y Seguimiento.
2.2 Servicio de Análisis de la Oferta y Normalización.
2.2.1 Gabinete de Análisis de la Oferta e Información.
2.2.2 Sección de Normalización Básica de Productos Vegetales:
‒ Negociado de Elaboración de Normas.
‒ Negociado de Seguimiento y Aplicación.
2.2.3 Sección de Normalización Básica de Productos Animales:
‒ Negociado de Elaboración de Normas.
‒ Negociado de Seguimiento y Aplicación.
Con objeto de disponer de los recursos presupuestarios necesarios para el desarrollo de la presente Orden sin originar aumento de gasto público, se suprimen cinco plazas de Asesores técnicos, de las consideradas en la Orden ministerial de 5 de febrero de 1979,
Quedan modificadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos oportunos.
Dios guarde a VV. II. muchos años.
Madrid, 10 de junio de 1981.
LAMO DE ESPINOSA
Ilmos. Sres. Subsecretario de Agricultura y Director general de la Producción Agraria.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid