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Ilustrísimos señores:
Con el fin de atender a las solicitudes de gran número de contribuyentes sobre la posibilidad de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del extraordinario sobre el Patrimonio en entidades bancarias bajo sobre cerrado,
Esta Dirección General ha considerado necesario dictar la siguiente Resolución:
Los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y por el Impuesto extraordinario sobre el Patrimonio podrán presentar sus declaraciones en las entidades bancarias bajo sobre cerrado, según modelo que figura en el anexo de esta Resolución.
El contribuyente deberá rellenar los datos de identificación que figuran en la parte superior de los justificantes, incluido el de la cantidad a ingresar.
Una vez diligenciadas las casillas relativas al ingreso por la entidad bancaria, ésta entregaré al interesado el justificante que a él corresponda, quedando en poder de la entidad su respectivo justificante.
Los sobres cerrados, una vez desprendidos los anteriores justificantes, se enviarán por la entidad bancaria a la Delegación de Hacienda en la forma prevista para la presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta y el Patrimonio en Bancos y Cajas de Ahorro.
Los impresos de estos sobres estarán a disposición del público en las Delegaciones de Hacienda y en las entidades bancarias colaboradoras, siendo su entrega gratuita
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 13 de mayo de 1981.–El Director general, Alfonso Gota Losada.
Ilmos. Sres. Delegados de Hacienda.
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