Contingut no disponible en català
Excelentísimos señores:
El Consejo de Ministros, en su reunión de 1 de febrero de 1980, acordó autorizar al Banco de Crédito Agrícola a concertar con las Entidades financieras, créditos a los agricultores hasta un máximo de 800 millones de pesetas, cuyas plantaciones de naranjos se hayan visto afectadas por las heladas en Andalucía en la campaña 1979-1980.
En orden a facilitar a las Cajas de Ahorros y a las Cajas Rurales la posibilidad de conceder préstamos a los afectados para la reparación de los daños sufridos y en uso de la autorización concedida en el artículo 5.º del citado acuerdo del Consejo de Ministros, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Las cantidades que las Cajas de Ahorros y Cajas Rurales que desarrollen su actividad en Andalucía pongan a disposición de los agricultores damnificados a través del Banco de Crédito Agrícola, tendrán el límite máximo, en conjunto, de 800 millones de pesetas. La actuación del Banco de Crédito Agrícola consistirá en coordinar las aportaciones de las distintas Entidades de crédito, con objeto de que no se rebase el límite previsto, dando cuenta posteriormente al FORPPA del montante de crédito asignado en principio por cada Caja.
La cuantía de estos créditos, según la intensidad de los daños sufridos, podrá ser de hasta 100.000 pesetas/hectárea, con un máximo de 20 hectáreas, y se concederán a un plazo de cuatro años con el primero de carencia.
El tipo de interés de estos préstamos será del 11 por 100, del que el agricultor aportará el 4 por 100, y la diferencia del 7 por 100 será compensada con cargo al plan financiero del FORPPA.
Los préstamos que se concedan al amparo de esta Orden podrán incluirse en el coeficiente de préstamos de regulación especial de las Cajas de Ahorros y de las Cajas Rurales.
Lo que comunico a VV. EE. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. EE. muchos años.
Madrid, 25 de noviembre de 1980.
GARCIA DIEZ
Excmos. Sres. Subsecretario de Economía y Gobernador del Banco de España.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid