Ante las numerosas consultas que se han dirigido a esta Dirección General sobre las expresiones «obra» y «dirección de obra», que aparecen en el apartado a) de la Resolución de esta Dirección de fecha 6 de marzo de 1980, por la que se dictaban normas para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de 25 de octubre de 1979, sobre la implantación del documento de calificación empresarial para instaladores eléctricos, y dado que las expresiones «obra», «proyecto» y «certificación de obra» tienen, quizá, un carácter más amplio que el de «instalación», que es al que se refiere la Resolución citada, y que pudiera dar lugar a problemas de competencia, habrá de entenderse dichos términos referidos a «instalación eléctrica» y «proyecto y certificación de la instalación eléctrica».
Para que, así conste, se publica la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 9 de diciembre de 1980.–El Director general, Ramón Leonato Marsal.
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