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Ilmo. Sr.; Vistos los expedientes instruidos por las Delegaciones Territoriales de Granada, Badajoz y Huesca, y teniendo en cuenta.
Que las modificaciones propuestas resultan urgentes de efectuar, dado el incremento de las actividades encomendadas a los farmacéuticos a nivel provincial y central.
Que las diferentes circunstancias en las dotaciones de personal de las distintas Delegaciones Territoriales obliga a una distribución racional de los puestos de trabajo de los partidos farmacéuticos a reestructurar, fusionándolos.
Que el Decreto 3318/1974, de 21 de noviembre, en su disposición transitoria faculta al Ministerio de Sanidad y Seguridad Social para determinar puestos de trabajo de los Cuerpos de Funcionarios Técnicos del Estado al Servicio de la Sanidad Local, para atender, con carácter inmediato, servicios y actividades sanitarias prioritarias.
Que los expedientes han sido tramitados de oficio a las partes interesadas, a tenor de lo dispuesto en la disposición transitoria del Real Decreto 2221/1978, de 25 de agosto.
Que los informes de las Comisiones Provinciales de Gobierno son favorables.
Este Ministerio acepta las propuestas de las Delegaciones Territoriales de Badajoz, Granada y Huesca, de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria del Decreto 2221/1978, de 25 de agosto, y en base a la facultad que le confiere el Decreto 3318/1974, de 21 de noviembre, ha tenido a bien disponer:
1.º Modificar las demarcaciones territoriales de los siete partidos farmacéuticos que figuran en el anexo que se acompaña.
2.º Los siete puestos de trabajo que se suprimen en el citado anexo se adscribirán:
Dos, a la Delegación Territorial de Badajoz.
Uno, a la Delegación Territorial de Ciudad Real.
Uno, a la Delegación Territorial de Tenerife.
Uno, a la Delegación Territorial de Granada.
Dos, a la Delegación Territorial de Huesca.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 2 de septiembre de 1980.
ROVIRA TARAZONA
Ilmo. Sr. Director general de Farmacia y Medicamentos.
Badajoz
Fusión del partido farmacéutico de Villar del Rey con La Roca de la Sierra, quedando suprimido el puesto de trabajo del partido farmacéutico que se fusiona.
El partido farmacéutico resultante quedará así:
La Roca dé la Sierra: Puebla de Obando y Villar del Rey, con una plaza de Farmacéutico titular.
Fusión del partido farmacéutico de Valdetorres con Guareña, quedando suprimido el puesto de trabajo del partido farmacéutico que se fusiona.
El partido farmacéutico resultante quedará así:
Guareña: Cristina, Oliva de Mérida. Valdetorres y Manchita, con una plaza de Farmacéutico titular.
Fusión del partido farmacéutico de Peraleda del Saucejo con Granja de Torrehermosa, quedando suprimido el puesto de trabajo del partido farmacéutico que se fusiona.
El partido farmacéutico resultante quedará así:
Granja de Torrehermosa: Peraleda del Saucejo, con una plaza de Farmacéutico titular.
Fusión del partido farmacéutico de Don Alvaro con Mérida, quedando suprimido el puesto de trabajo del partido farmacéutico que se fusiona.
El partido farmacéutico resultante quedará así:
Mérida: Don Alvaro, con una plaza de Farmacéutico titular.
Granada
Fusión del partido farmacéutico de Orce con Galera, quedando suprimido el puesto de trabajo del partido farmacéutico que se fusiona.
El partido farmacéutico resultante quedará así:
Galera: Orce con una plaza de Farmacéutico titular.
Huesca
Fusión del partido farmacéutico de Bailo con Jaca, quedando suprimido el puesto de trabajo del partido farmacéutico que se fusiona.
El partido farmacéutico resultante quedará así:
Jaca: (Excepto las E. M. de Espuéndolas y Navasa), Bagüés (Zaragoza), Bailo (Arbués y Larués), Canal de Berdún (Berdún, Biniés, Martes y Villarreal de la Canal), Castiello de Jaca, Mianos (Zaragoza), Puente de la Reina de Jaca (Javierregay y Santa Engracia), Santa Cilia de Jaca y Santa Cruz de la Serós, con una plaza de Farmacéutico titular.
Fusión del partido farmacéutico de Azlor con Angüés, quedando suprimido el puesto de trabajo del partido farmacéutico que se fusiona.
El partido farmacéutico resultante quedará así:
Angüés: Abiego, Adahuesca, Aguas (de Loporzano), Antillón, Alquezar, Radiquero, Azlor, Azara, Barbuñales, Blecua-Torres de Montes, Bierge, Buera (de Santa María Dulcis), Casbas de Huasca, Colungo, Huerta de Vero (de Santa María Dulcis), Ibieca, Lascellas-Ponzano, Liesa (de Siétano) y Peraltilla, con una plaza de farmacéutico titular.
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