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Documento BOE-A-1980-21266

Canje de notas, constitutivo de Acuerdo, de 18 de agosto de 1980 y 8 de septiembre de 1980, entre España y el Principado de Mónaco, sobre aplicación de los beneficios, privilegios e inmunidades establecidos en la Convención sobre Misiones Especiales, anexo a la Resolución 2530 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (1969), a los participantes en la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa, tanto en la Reunión preparatoria de dicha Conferencia como en la Reunión principal de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 3 de octubre de 1980, páginas 21981 a 21981 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1980-21266
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1980/09/08/(3)

TEXTO ORIGINAL

París, 18 de agosto de 1980.

Excmo, señor

Don Andró Saint-Mleux,

Ministro de Estado del Principado dé Mónaco.

Excmo, señor:

La reunión preparatoria de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa se iniciará, en el Palacio de Exposiciones y Congresos de Madrid, el día 9 de septiembre próximo. La reunión principal de dicha Conferencia so iniciará, a su vez, el día 11 de noviembre próximo, no pudiéndose precisar por ahora su duración exacta.

España, por el momento, no es signataria de la Convención sobre Misiones Especiales, anexa a la Resolución 2530 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (1939).

Para asegurar la protección y los beneficios en materia de privilegios e inmunidades de los participantes en la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa, tanto en la reunión preparatoria como en la principal, tengo la honra de informarle que, de manera excepcional y solamente por el período de duración de la Conferencia, las autoridades españolas competentes aplicarán los beneficios, privilegios e inmunidades establecidos en la mencionada Convención sobre Misiones Especiales.

Esta nota, así como su respuesta con su acuerdo, por lo que respecta a su contenido, constituirán un acuerdo, entre España y el Principado de Mónaco, que entrará en vigor de manera provisional, en el momento que sea aprobado por el Consejo de Ministros de España, y de forma definitiva cuando se cumplan los requisitos que establece la legislación interna española.

Le ruego acepte, señor Ministro, las seguridades de mi alta consideración.

MIGUEL SOLANO

Service des Relations Exterieures. Direction. Núm. 1.792.

Principado de Mónaco, 8 de septiembre de 1980.

Señor Embajador:

Como continuación a mi carta de 27 de agosto de 1980, tengo el honor de comunicarle que el Gobierno de su S. A. S. el Príncipe de Mónaco está plenamente de acuerdo con las disposiciones adoptadas por las autoridades españolas con relación a los beneficios, privilegios e inmunidades concedidos por España a los participantes en la próxima Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa, que se iniciará en Madrid el 11 de noviembre de 1980 (reunión preparatoria, 9 de septiembre de 1980).

Le ruego acepte, señor Embajador, las seguridades de mi alta consideración.

MINISTRO DE ESTADO

Excmo. Sr. Miguel Solano, Embajador de España en París.

El presente Canje de notas, constitutivo de Acuerdo, entró en vigor provisional el 31 de julio de 1980, fecha en que fue aprobado por el Consejo de señores Ministros.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 25 de septiembre de 1980.‒El Secretario general Técnico, Juan Antonio Pérez-Urruti Maura.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 08/09/1980
  • Fecha de publicación: 03/10/1980
  • Fecha de entrada en vigor: 31/07/1980
  • Entrada en vigor: provisional el 31 de julio de 1980.
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 25 de septiembre de 1980.
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Conferencia sobre la Seguridad y Cooperación en Europa
  • Mónaco
  • Privilegios e inmunidades

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