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Documento BOE-A-1980-20052

Canje de notas, constitutivo de Acuerdo, de 13 de agosto de 1980 y 4 de septiembre de 1980, entre España y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, sobre aplicación de los beneficios, privilegios e inmunidades establecidos en la Convención sobre Misiones Especiales, anexa a la Resolución 2530 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (1969), a los participantes en la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa, tanto en la Reunión Preparatoria de dicha Conferencia, como en la Reunión Principal de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 223, de 16 de septiembre de 1980, páginas 20725 a 20725 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1980-20052
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1980/09/04/(2)

TEXTO ORIGINAL

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

Excelentísimo señor:

La Reunión Preparatoria de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa se iniciará, en el Palacio de Exposiciones y Congresos de Madrid, el día 9 de septiembre próximo La Reunión Principal de dicha Conferencia se iniciará, a su vez, el día 11 de noviembre próximo, no pudiéndose precisar por ahora su duración exacta.

España, por el momento, no es signataria de la Convención sobre Misiones Especiales, anexa a la Resolución 2530 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (1969).

Para asegurar la protección y los beneficios en materia de privilegios e inmunidades de los participantes en la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa, tanto en la Reunión Preparatoria como en la Principal, tengo la honra de informarle que, de manera excepcional y solamente por el período de duración de la Conferencia, las autoridades españolas competentes aplicarán los beneficios, privilegios e inmunidades establecidos en la mencionada Convención sobre Misiones Especiales.

Esta Nota, así como su respuesta con su acuerdo por lo que respecta a su contenido, constituirán un acuerdo entre España y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, que entrará en vigor de manera provisional, en el momento que sea aprobado por el Consejo de Ministros de España, y de forma definitiva cuando se cumplan los requisitos que establece la legislación interna española.

Le ruego acepte, señor Embajador, las seguridades de mi alta consideración.

Madrid, 13 de agosto de 1980.

Excmo. Sr. Yurl Vladimirovich Dubinin, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas. Madrid.

Madrid, 4 de septiembre de 1980.

Número 525.

Excelentísimo señor Ministro:

Tengo el gusto de poner en su conocimiento que la parte soviética está de acuerdo con que los miembros de la Delegación de la URSS en la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa gocen por el período de duración de la Reunión de Madrid de los privilegios, inmunidades, beneficios, establecidos en la Convención sobre Misiones Especiales, anexa a la Resolución 2530 (XXIV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas como está expuesto en la Nota de V. E. del 13 de agosto del presente.

La parte soviética considera que no estando cumpliendo alguna misión en relación con España como el país anfitrión, la Delegación de la URSS puede considerarse como «misión especial» solamente con el objeto de asegurarse de los debidos privilegios, inmunidades y «status».

Le ruego acepte, excelentísimo señor Ministro, las seguridades de mi más alta consideración.

Igor S. Ivanov,

Encargado de Negocios, a, i. de la URSS en España

Excmo. Sr. Marcelino Oreja Aguirre, Ministro de Asuntos Exteriores de España. Madrid.

El presente Canje de Notas, constitutivo de Acuerdo, entró en vigor provisional el 31 de julio de 1980, fecha en que fue aprobado por el Consejo de señores ministros.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 8 de septiembre de 1980.‒El Secretario general Técnico, Juan Antonio Pérez-Urruti Maura.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 04/09/1980
  • Fecha de publicación: 16/09/1980
  • Fecha de entrada en vigor: 31/07/1980
  • Entrada en vigor: provisional el 31 de julio de 1980.
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 8 de septiembre de 1980.
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Conferencia sobre la Seguridad y Cooperación en Europa
  • Privilegios e inmunidades
  • Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas

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