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Documento BOE-A-1980-18977

Resolución de 27 de agosto de 1980, de la Secretaría de Estado para la Sanidad, por la que se complementan las delegaciones de facultades contenidas en las Resoluciones de 28 de septiembre de 1979 («Boletín Oficial del Estado» del día 15 de octubre siguiente) y en la de 11 de enero de 1980 («Boletín Oficial del Estado» del día 22 siguiente) de la Administración Institucional de la Sanidad Nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 212, de 3 de septiembre de 1980, páginas 19850 a 19850 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1980-18977
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1980/08/27/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor y señores:

La Resolución de 28 de septiembre de 1979 estableció la delegación de determinadas facultades en materias económica, de personal y otras de la Secretaría de Estado para la Sanidad, Presidencia de este Organismo autónomo, a favor del Subdirector general de Centros Sanitarios Asistenciales y en el Jefe del Servicio de Administración Económica y Presupuestaria.

Posteriormente la Resolución de 11 de enero de 1980 amplió la anterior y delegó en los Directores de los Centros periféricos la facultad de contratar el personal laboral para ocupar puestos de trabajo de esta naturaleza en aquellos servicios.

Razones de agilidad y eficacia aconsejan complementar las anteriores delegaciones de facultades, en virtud de lo previsto en el artículo sexto, tres, del Real Decreto 1274/1980, de 30 de junio, en relación con el artículo cuarto de la Ley de Procedimiento Administrativo y la Ley de Régimen Jurídico de las Entidades Estatales Autónomas, de 26 de diciembre de 1958, por lo que, previa la aprobación del señor Ministro del Departamento, acuerdo:

Primero.

Delegar en el Subdirector general de Centros Sanitarios Asistenciales la facultad de encomendar a los funcionarios que efectivamente presten servicio en la Administración Institucional de la Sanidad Nacional comisiones de servicio con derecho a las indemnizaciones previstas en el Decreto 176/1975, de 30 de enero, dentro del territorio nacional.

Segundo.

Las atribuciones delegadas contenidas en las citadas Resoluciones y en la presente podrán ser objeto, en cualquier momento, de avocación.

Tercero.

La presente delegación entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. y a VV. SS.

Madrid, 27 de agosto de 1980.–El Secretario de Estado para la Sanidad, Presidente de AISN, José Luis Perona Larraz.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Centros Sanitarios Asistenciales, Sr. Jefe del Servicio de Administración Económica y Presupuestaria y Sres. Directores de los Centros Periféricos de la Administración Institucional de la Sanidad Nacional.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/08/1980
  • Fecha de publicación: 03/09/1980
  • Fecha de entrada en vigor: 03/09/1980
Referencias anteriores
  • COMPLETA delegación establecida por Resolución de 28 de septiembre de 1979 (Ref. BOE-A-1979-24219).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 6.3 del Real Decreto 1274/1980, de 30 de junio (Ref. BOE-A-1980-14189).
    • Ley de Régimen Jurídico de las entidades Estatales Autónomas, de 26 de diciembre de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-19543).
    • Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
  • CITA:
Materias
  • Administración Institucional de la Sanidad Nacional
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
  • Secretaría de Estado para la Sanidad

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