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Documento BOE-A-1980-18824

Canje de Notas, constitutivo de Acuerdo, de 13 de agosto de 1980 y 25 de agosto de 1980, entre España y la República Popular de Polonia sobre aplicación de los beneficios, privilegios e inmunidades establecidos en la Convención sobre Misiones Especiales, anexa a la Resolución 2530 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (1969), a los participantes de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa, tanto en la Reunión Preparatoria de dicha Conferencia como en la Reunión Principal de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 211, de 2 de septiembre de 1980, páginas 19753 a 19753 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1980-18824
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1980/08/25/(2)

TEXTO ORIGINAL

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

Excelentísimo señor:

La Reunión Preparatoria de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa se iniciará, en el Palacio de Exposiciones y Congresos de Madrid, el día 9 de septiembre próximo. La Reunión Principal de dicha Conferencia se iniciará, a su vez, el día 11 de noviembre próximo, no pudiéndose precisar por ahora su duración exacta.

España, por el momento, no es signataria de la. Convención sobre Misiones Especiales, anexa a la Resolución 2530 de la Asamblea General de las Naciones Unidas (1969).

Para asegurar la protección y los beneficios en materia de privilegios e inmunidades de los participantes en la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa, tanto en la Reunión Preparatoria como en la Principal, tengo la honra de informarle que, de manera excepcional y solamente por el período de duración de la Conferencia, las autoridades españolas competentes aplicarán los beneficios, privilegios e inmunidades establecidos en la mencionada Convención sobre Misiones Especiales.

Esta Nota, así como su respuesta con su acuerdo por lo que respecta a su contenido, constituirán un acuerdo entre España y la República Popular de Polonia, que entrará en vigor de manera provisional, en el momento que sea aprobado por el Consejo de Ministros de España, y de forma definitiva cuando se cumplan los requisitos que establece la Legislación interna española.

Le ruego acepte, señor Embajador, las seguridades de mi alta consideración.

Madrid, 13 de agosto de 1980.

Excmo. Sr. Eugeniusz Noworyta, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Popular de Polonia. Madrid.

EMBAJADA DE LA REPÚBLICA POPULAR DE POLONIA

Nota verbal

La Embajada de la República Popular de Polonia presenta sus atentos saludos al Ministerio de Asuntos Exteriores y tiene el honor de acusar recibo de la Nota número 486-C-20 del día 13 de agosto de 1980, sobre los privilegios e inmunidades para los participantes en la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa. Asimismo la Embajada de la República Popular de Polonia tiene el placer de informar que las autoridades polacas están de acuerdo con el contenido de dicha Nota.

La Embajada de la República Popular de Polonia hace propicia esta oportunidad para reiterar al Ministerio de Asuntos Exteriores el testimonio de su alta consideración.

Madrid, 25 de agosto de 1980.

Al Ministerio de Asuntos Exteriores. Servicio de Protocolo, Cancillería y Ordenes. Madrid.

El presente Canje de Notas, constitutivo de Acuerdo, entró en vigor provisional el 31 de julio de 1980, fecha en que fue aprobado por el Consejo de señores Ministros.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 28 de agosto de 1980.–El Secretario general Técnico, Juan Antonio Pérez-Urruti Maura.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 25/08/1980
  • Fecha de publicación: 02/09/1980
  • Fecha de entrada en vigor: 31/07/1980
  • Entrada en vigor: provisional el 31 de julio de 1980.
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 28 de agosto de 1980.
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Conferencia sobre la Seguridad y Cooperación en Europa
  • Privilegios e inmunidades
  • República Popular de Polonia

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