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Documento BOE-A-1980-16822

Orden de 26 de mayo de 1980, por la que se aprueba la normativa para la colación del grado de Licenciado por la Facultad de Farmacia dependiente de la Universidad de Valencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 6 de agosto de 1980, páginas 17758 a 17758 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Universidades e Investigación
Referencia:
BOE-A-1980-16822
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1980/05/26/(6)

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Vista la propuesta que formula el Rectorado de la Universidad de Valencia, solicitando sean aprobadas las normas para la colación del grado de Licenciado por la Facultad de Farmacia de la mencionada Universidad;

Considerando que la Junta de Gobierno de la Universidad de Valencia, en su sesión ordinaria reunida el día 15 de enero de 1980, acordó por unanimidad informar favorablemente esta propuesta, y visto el dictamen favorable de la Junta Nacional de Universidades emitido con fecha 22 de abril del presente año,

Este Ministerio ha dispuesto:

Aprobar la normativa para la colación del grado de Licenciado por la Facultad de Farmacia, dependiente de la Universidad de Valencia, que será por las dos modalidades siguientes, a elección del alumno:

Modalidad A: Examen de grado.

Modalidad B: Tesina.

Modalidad A: Examen de grado.

El sistema de examen de grado consistirá en la realización de dos ejercicios, uno teórico y otro de carácter práctico, de acuerdo con las siguientes normas:

Primero. Ejercicio teórico.

Consistirá en la exposición oral de un tema sacado a suerte por el alumno entre los de un temario que se hará público durante el mes de octubre de cada curso. Dicho temario consistirá en un número de temas comprendido entre treinta y cincuenta, propuestos por la Comisión Docente de la Facultad, previamente asesorada por los Profesores responsables de cada uno de los Departamentos.

La exposición del tema se realizará por el alumno en el tiempo que determine el Tribunal, no pudiendo exceder del máximo de media hora.

Para la preparación del tema, el alumno dispondrá de un tiempo máximo de hora y media, en el cual podrá realizar las consultas bibliográficas que considere necesarias. Una vez finalizada la exposición, los distintos miembros del Tribunal podrán hacer al alumno las preguntas y observaciones que consideren oportunas.

Segundo. Ejercicio práctico.

Consistirá en la realización de un trabajo de naturaleza práctica propuesto por el Tribunal en base a un temario práctico que se hará público durante el mes de octubre, de cada curso.

Los resultados de este ejercicio se expondrán públicamente ante el Tribunal, que al igual que en el caso anterior podrá hacer al alumno las preguntas y observaciones que considere oportunas.

Para esta modalidad habrá dos convocatorias anuales durante los meses de marzo y octubre. Para otorgar la calificación final del grado de Licenciado se tendrá en consideración el expediente académico del alumno.

Tribunal: El Tribunal que ha de juzgar esta modalidad estará formado por cinco Profesores numerarios de la Facultad, de acuerdo con las diferentes áreas científicas.

Modalidad B: Tesina.

Los alumnos que deseen acogerse a esta modalidad deberán tener aprobadas todas las asignaturas de cuarto curso y solicitarlo en, la Secretaría de la Facultad, mediante instancia dirigida al ilustrísimo señor Decano de la misma con indicación del tema objeto de la investigación, el conforme del Director de la misma y el visto bueno del titular de la cátedra o Departamento en que deba realizarla.

La colación del grado de Licenciado por esta modalidad consistirá en la realización de una tesina basada en un trabajo de investigación experimental en la que constará: Justificación, planeamiento del tema, resultados experimentales y discusión de los mismos, conclusiones y revisión bibliográfica.

El tiempo que dure la realización del trabajó de tesina no será inferior a seis meses a partir de momento en que el alumno haya formulado su inscripción en la Secretaria de la Facultad.

El trabajo, una vez finalizado, se presentará por quintuplicado en la Secretaria de la Facultad. Uno de los ejemplares quedará a disposición de los Profesores de la Facultad, para su estudio, durante un período de ocho días.

Una vez expuesto el trabajo ante el Tribunal, éste podrá recabar del alumno las aclaraciones y observaciones que la lectura y exposición del tema le sugiera. Serán directores de los trabajos de tesina los Profesores Doctores de la Facultad de Farmacia.

Se realizarán cuatro convocatorias anuales en esta modalidad durante los meses de diciembre, marzo, junio v septiembre Para otorgar la calificación final se tendrá en cuenta el expediente académico del alumno.

Tribunal: El Tribunal que ha de juzgar la tesina se constituirá de acuerdo con las diferentes áreas científicas y estarán formados, a ser posible, por un Catedrático numerario, un Profesor agregado numerario y un Profesor adjunto numerario. Asimismo, con otro miembro del Tribunal, podrá entrar a formar parte del mismo el Director del trabajo, el cual participará en la discusión y no en la calificación.

Lo comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 26 de mayo de 1980.‒P. D., el Director general de Ordenación Académica y Profesorado, Vicente Gandía Gomar.

Ilmo. Sr. Director general de Ordenación Académica y Profesorado.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/05/1980
  • Fecha de publicación: 06/08/1980
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA la Normativa, por Orden de 20 de junio de 1984 (Ref. BOE-A-1984-21096).
Materias
  • Farmacia
  • Títulos académicos y profesionales
  • Universidad de Valencia

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