Ilustrísimos señores:
Advertido error material en la Orden de 15 de abril de 1980, sobre fijación de precios máximos del pescado congelado en los distintos niveles de comercialización, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 108, del presente año, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
El precio máximo correspondiente a nivel mayorista en el tipo comercial 2, á que se refiere el apartado primero de la precitada Orden ministerial, será de 134,20 pesetas/kilogramo y no de 124,20 pesetas/kilogramo como erróneamente figuraba en la misma.
Lo que comunico a W. II. para su conocimiento y efectos oportunos.
Dios guarde a VV. II. muchos años.
Madrid, 26 de mayo de 1980.
GAMIR CASARES
Ilmos. Sres. Presidente de la Junta Superior de Precios y Director general del Consumo y de la Disciplina del Mercado.
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