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Ilustrísimo señor:
En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 22, apartado 3.º, de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado,
Este Ministerio, ha resuelto delegar en el Director del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza, las siguientes atribuciones:
1. La autorización para enajenar directamente los productos procedentes de aprovechamientos en montes del Icona, consorciados con dicho Organismo o sujetos a Convenios con el mismo, cuando su cuantía no exceda de cinco millones de pesetas.
2. La adjudicación definitiva de los productos procedentes de aprovechamientos en montes del Icona, consorciados con dicho Organismo o sujetos a Convenios con el mismo, enajenados mediante subasta, cuando su Importe no exceda de quince millones de pesetas.
Lo que digo a V. I.
Madrid, 31 de marzo de 1980.
LAMO DE ESPINOSA
Ilmo. Sr. Director del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza.
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