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De conformidad con la Ley aprobada por las Cortes, vengo en sancionar:
Se concede un crédito extraordinario por importe de cuatrocientos cuarenta y dos millones seiscientas dieciséis mil trescientas cuarenta y seis pesetas, aplicado al presupuesto en vigor de la sección veintiséis, «Ministerio de Cultura»; servicio cero uno, «Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales»; capítulo cuatro, «Transferencias corrientes»; artículo cuarenta y cinco «A Empresas y Organismos autónomos de carácter comercial, industrial o financiero»; concepto cuatrocientos cincuenta y cuatro, «Para subvencionar la adquisición de papel prensa de producción nacional».
La financiación del crédito extraordinario se realizará con anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público.
Dada en Madrid a veintiséis de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.
JUAN CARLOS
El Presidente de las Cortes,
ANTONIO HERNANDEZ GIL
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