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Documento BOE-A-1979-8099

Corrección de erratas de la Orden de 26 de febrero de 1979 sobre Cooperativas de Crédito por la que se desarrolla el Real Decreto 2860/1978, de 3 de noviembre.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 23 de marzo de 1979, páginas 7118 a 7118 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-1979-8099
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/02/26/(1)/corrigendum/19790323

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 50, de fecha 27 de febrero de 1979, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:

En la página 5119, columna segunda, apartado catorce, párrafo segundo, línea siete, donde dice: «... en relación con el capítulo...», debe decir: «... en relación con el capital... ».

En la misma página y columna, apartado quince, párrafo segundo, línea quince, donde dice: «... 10 puntos porcentuales del porcentaje anterior...», debe decir: «... 10 puntos porcentuales del coeficiente anterior...».

En la misma página y columna, apartado quince, párrafo tercero, línea veinticinco, donde dice: «... Decreto 2223/1977...», debe decir: «... Decreto 2227/1977...».

En la misma página y columna, apartado dieciséis, letra B), línea treinta y cuatro, donde dice: «... de actuación. cuando...», debe decir: «... de actuación, cuando...».

En la misma página y columna, apartado diecisiete 1), líneas cuarenta y cuatro a cuarenta y siete, donde dice: «... del 10 por 100 sobre los depósitos a la vista, de ahorro y a plazo, excluidas las cuentas en moneda extranjera y los saldos acreedores de otras Entidades de crédito», debe decir: «... del 10 por 100 sobre los depósitos o imposiciones en cuenta corriente o de ahorro, a la vista o a plazo, ya proceda de impositores afiliados o no, con exclusión de los saldos de otras Entidades de crédito y ahorro».

En la misma página y columna, apartado diecinueve, letra b), penúltima línea, donde dice: «... tercero deberán...», debe decir: «catorce deberán...».

En la página 5120, columna primera, apartado diecinueve c), párrafo primero, líneas primera y segunda, donde dice: «... de Inversión y de Préstamos de Regulación Especial, que se fijan en los números tercero v quinto....», debe decir: «... de Inversión de Préstamos de Regulación Especial, que se fijan en los números quince y diecisiete,...».

En la misma página y columna, apartado diecinueve c), párrafo segundo líneas seis y siete, donde dice: «... los coeficientes establecidos en los cuatro puntos anteriores.», debe decir: «... los coeficientes establecidos en esta Sección».

En la misma página y columna, apartado veintiuno, línea treinta y seis, donde dice: «... constituya una unidad económica; de riesgos...», debe decir: «... constituya una unidad económica de riesgos...».

En la misma página y columna, apartado veintitrés, párrafo segundo, líneas cincuenta y cincuenta y uno, donde dice: «... y 10 y 13 de junio de 1970.», debe decir: «... y 10 y 18 de junio de 1970.».

En la misma página y columna, apartado veintiséis, líneas sesenta y siete y sesenta y ocho, donde dice: «... previstas en el número primero...», debe decir: «... previstas en el número veinticuatro...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 23/03/1979
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Ley 13/1989, de 26 de mayo (Ref. BOE-A-1989-12296).
  • Fecha de derogación: 20/06/1989
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas de la Orden de 26 de febrero de 1979 (Ref. BOE-A-1979-5959).
Materias
  • Cajas Rurales
  • Cooperativas de crédito

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