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Advertido error en el texto remitido para publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 42, de 17 de febrero de 1979, se procede a la oportuna rectificación:
En la página 4310, el artículo primero, punto dos, debe quedar con la siguiente redacción:
«Dos. El Ministerio de Educación y Ciencia determinará las enseñanzas de Formación Profesional que en cada caso hayan de impartir dichos Centros, previo informe del Ministerio de Comercio y Turismo.»
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