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De conformidad con la Ley aprobada por las Cortes, vengo en sancionar:
Se convalidan como obligaciones legales del Estado las contraídas por el Ministerio de Asuntos Exteriores en el ejercicio económico de mil novecientos setenta y siete, por un importe de sesenta y ocho millones quinientas mil pesetas sin crédito legislativo, y relativas a la ayuda voluntaria de España a la UNRWA.
Se concede, para abono de dichas obligaciones, un crédito extraordinario de sesenta y ocho millones quinientas mil pesetas, aplicado al Presupuesto en vigor de la Sección doce, «Ministerio de Asuntos Exteriores»; servicio once, «Dirección General de Organizaciones y Conferencias Internacionales»; capítulo cuatro, «Transferencias corrientes»; artículo cuarenta y nueve, «Al Exterior»; concepto cuatrocientos noventa y uno/dos, «Para el pago de las cuotas correspondientes a la participación de España en las Organizaciones especializadas en las Naciones Unidas y demás Organismos Internacionales», contribución voluntaria de España de ayuda a los refugiados árabes de Palestina.
Los recursos que han de financiar el crédito extraordinario procederán de anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público.
Dada en Madrid a veintiséis de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.
JUAN CARLOS
El Presidente de las Cortes,
ANTONIO HERNÁNDEZ GIL
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