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Documento BOE-A-1979-696

Ley 73/1978, de 26 de diciembre, de creación del Colegio Oficial de Geólogos.Ver texto consolidado

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 1979, páginas 654 a 654 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1979-696
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/1978/12/26/73

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la Ley aprobada por las Cortes, vengo en sancionar:

Artículo primero.

Se crea el Colegio Oficial de Geológos, como Corporación de Derecho público, que tendrá personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines con sujeción a la Ley.

Artículo segundo.

El Colegio Oficial de Geológos, que tendrá ámbito nacional, agrupará a los Licenciados y Doctores en Ciencias Geológicas que voluntariamente se integren en el mismo.

Dicho Colegio se relacionará con la Administración a través del Ministerio de Industria y Energía o de aquel que, por vía reglamentaria, determine el Gobierno.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Se podrán integrar en el Colegio Oficial de Geológos aquellos Licenciados y Doctores en Ciencias Naturales que sean miembros de la Asociación de Geólogos Españoles.

DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera.

El Ministerio de Industria y Energía, previa audiencia de la Asociación de Geológos Españoles, aprobará los estatutos provisionales de este Colegio. Estos estatutos regularán, conforme a la Ley, los requisitos para la adquisición de la condición de colegiados que permita participar en las elecciones de los órganos de gobierno, el procedimiento y plazo de convocatoria de las mencionadas elecciones, así como la constitución de los órganos de gobierno del Colegio Oficial de Geológos.

Segunda.

Constituidos los órganos de gobierno colegiales, según lo dispuesto en la disposición precedente, aquéllos remitirán al Ministerio de Industria, en el plazo de seis meses, los estatutos a que se refiere la legislación vigente sobre Colegios Profesionales.

DISPOSICIÓN FINAL

Se faculta al Ministerio de Industria y Energía para dictar las disposiciones necesarias para la ejecución de la presente Ley.

Dada en Madrid a veintiséis de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Presidente de las Cortes,

ANTONIO HERNÁNDEZ GIL

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 26/12/1978
  • Fecha de publicación: 11/01/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 31/01/1979
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD aprobando los estatutos del Colegio: Real Decreto 1378/2001, de 7 de diciembre (Ref. BOE-A-2001-24079).
Materias
  • Colegio Oficial de Geólogos

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