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Ilustrísimos señores:
Aprobado por Real Decreto 3030/1978, de 4 de diciembre, el calendario laboral para el año 1979 y teniendo en cuenta que en dicho año la fiesta onomástica de Su Majestad el Rey que se celebra el día 24 de junio coincide con el último domingo del citado mes,
Esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1, número 1, párrafo 2.° de la Orden ministerial de 19 de abril de 1978, y de conformidad con las facultades que le atribuye dicho precepto, ha acordado:
Con carácter general son días inhábiles a efectos de protestos, además de todos los domingos de 1979, los siguientes días de dicho año:
1 de enero (Circuncisión del Señor).
6 de enero (Festividad de los Reyes Magos).
12 de abril (Jueves Santo).
13 de abril (Viernes Santo).
1 de mayo (San José Obrero, Fiesta del Trabajo).
14 de junio (Corpus Christi).
25 de julio (Santiago Apóstol).
15 de agosto (Asunción de la Santísima Virgen).
12 de octubre (Día de la Hispanidad).
1 de noviembre (Festividad de Todos los Santos).
8 de diciembre (Inmaculada Concepción).
25 de diciembre (Navidad).
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento, el de esa Junta Directiva, traslado a todos los Notarios de ese Ilustre Colegio y demás efectos.
Dios guarde a VV. II. muchos años.
Madrid, 30 de diciembre de 1978.‒El Director general, José Luis Martínez Gil.
Ilustrísimos señores Decanos de los Colegios Notariales de España.
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