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Documento BOE-A-1979-25145

Orden de 23 de octubre de 1979 sobre fijación de la cuantía máxima a importar en el año 1979 con cargo al contingente arancelario, libre de derechos, de automóviles de turismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 256, de 25 de octubre de 1979, páginas 24814 a 24814 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-25145
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/10/23/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

La nota asterisco de la partida 87.02-A-1 del Arancel de Aduanas, creada por Real Decreto 1097/1979, de 20 de abril («Boletín Oficial del Estado» de 12 de mayo), prevé el establecimiento de un contingente, libre de derechos, para la importación de automóviles de turismo, dentro de unos límites oportunamente fijados.

El mismo Real Decreto dispone en su artículo 4.° que el contingente a que se refiere el párrafo anterior será fijado anualmente por el Ministerio de Comercio y Turismo a propuesta del Ministerio de Industria y Energía.

En virtud de lo anterior, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

Se establece un contingente libre de derechos para la importación de automóviles de turismo, partida arancelaria 87.02-A-l, por un valor CIF total de 1.798,9 millones de pesetas.

Segundo.

El plazo de vigencia del contingente a que se refiere el artículo 1.° será desde la entrada en vigor de la presente Orden ministerial hasta el 31 de diciembre de 1979.

Tercero.

La distribución de este contingente se efectuará por la Dirección General de Política Arancelaria e Importación.

Cuarto.

El excepcional régimen arancelario a que se alude en los apartados anteriores no supone alteración de la columna única de derechos de normal aplicación del Arancel de Aduanas, la cual queda subsistente.

Quinto.

La presente Orden ministerial entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a VV. II.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 23 de octubre de 1979.

GARCIA DIEZ

Ilmos. Sres. Directores generales de Política Arancelaria e Importación y de Aduanas.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 23/10/1979
  • Fecha de publicación: 25/10/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 25/10/1979
  • Vigencia del contingente mencionado hasta el 31 de diciembre de 1979.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el art. 2, por Orden de 18 de noviembre de 1980 (Ref. BOE-A-1980-25639).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con art. 4 del Real Decreto 1097/1979, de 20 de abril (Ref. BOE-A-1979-12296).
  • CITA arancel de Aduanas, aprobado por Decreto 999/1960, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7965).
Materias
  • Importaciones
  • Vehículos de motor

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