Contido non dispoñible en galego
Advertidos errores en el texto del citado Acuerdo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 255, de fecha 25 de octubre de 1977, páginas 23378 a 23384, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Artículo 15. Dice: «Para determinar el grado de inválidos ......».
Debe decir: «Para determinar el grado de invalidez......».
Artículo 31. Dice: «...... lo solicitará, si es preciso, del Organismo de otro país......».
Debe decir: «...... lo solicitará, si es preciso, del Organismo del otro país......».
Articulo 38. Dice: «...... dozavas partes......».
Debe decir: «...... doceavas partes......».
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 14 de noviembre de 1977.–El Secretario general Técnico, Fernando Arias-Salgado y Montalvo.
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