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La Orden del Ministerio de Hacienda de 9 de febrero de 1977 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de marzo), en su apartado 3.3, autoriza a esta Dirección General para determinar las Aduanas que deben habilitarse para el régimen T.I.R. según las necesidades del tráfico y la conveniencia de los servicios.
Estudiadas las circunstancias concurrentes y las necesidades a atender se habilita la Aduana de Valencia de Alcántara como de salida en régimen T.I.R.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que se hace público para conocimiento de los servicios de Aduanas y del comercio en general.
Madrid, 22 de junio de 1977.–El Director general, Germán Añilo Vázquez.
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