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Documento BOE-A-1977-17071

Orden de 15 de julio de 1977 por la que se constituye el Consejo de Publicaciones Agrarias.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 26 de julio de 1977, páginas 16639 a 16639 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1977-17071

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

El Decreto-ley 17/1971, de 28 de octubre, creó en su artículo 1, párrafo seis, con carácter de Organismo autónomo, el Servicio de Publicaciones del Ministerio de Agricultura, y en su artículo 6, párrafo uno, el Consejo de Publicaciones del mismo, especificando que su composición sería determinada posteriormente de forma reglamentaria.

En su virtud y previa la aprobación de la Presidencia del Gobierno, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo 1.

El Consejo de Publicaciones Agrarias estará presidido por el Secretario general Técnico del Departamento. Será Vicepresidente del mismo el Jefe del Servicio de Publicaciones y Secretario el Jefe del Gabinete de Redacción.

Artículo 2.

Como Vocales del Consejo actuarán:

a) Un funcionario con categoría de Subdirector general, delegable en un Jefe de Servicio, en representación de cada uno de los siguientes Centros directivos y Organismos autónomos: Subsecretaría, Fondo de Ordenación y Regulación de Productos y Precios Agrarios, Dirección General de Capacitación y Extensión Agrarias, Dirección General de la Producción Agraria, Dirección General de Industrias Agrarias, Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario, Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza, Servicio Nacional de Productos Agrarios, Instituto Nacional de Investigaciones Agrarias e Instituto de Relaciones Agrarias.

b) El Interventor delegado de Hacienda.

Artículo 3.

Sin perjuicio de lo dispuesto en la Orden de 27 de junio de 1968, de la Presidencia del Gobierno, sobre Centralización y Coordinación de Publicaciones Oficiales, corresponderá a este Consejo de Publicaciones la aprobación de los programas editoriales conjuntos e independientes de todos los órganos del Ministerio que realicen actividades editoriales, así como la verificación ulterior del cumplimiento de dichos programas.

Artículo 4.

El Pleno del Consejo de Publicaciones se reunirá, previa convocatoria de la Presidencia, por lo menos una vez cada semestre. El funcionamiento del Consejo se atendrá a la Ley de Procedimiento Administrativo.

Lo que comunico a VV. II. a los efectos oportunos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 15 de julio de 1977.

MARTINEZ GENIQUE

Ilmos. Sres. Subsecretario, Secretario general Técnico y Directores generales del Departamento.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 15/07/1977
  • Fecha de publicación: 26/07/1977
  • Fecha de derogación: 02/03/1986
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 6 párrafo 1 del Decreto-ley 17/1971, de 28 de octubre (Ref. BOE-A-1971-1391).
    • la Orden de 27 de junio de 1968 (Ref. BOE-A-1968-766).
    • la Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
Materias
  • Ministerio de Agricultura
  • Publicaciones oficiales
  • Secretaría General Técnica del Ministerio de Agricultura

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