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Ilmo. Sr.: La Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE) solicita sea ampliada la actual habilitación de la Delegación de la Aduana de Alicante en su estación de Alicante-término para la exportación de mercancías en general, en razón a la conveniencia de atender de esta forma, con las mayores ventajas, al notable comercio de esta clase de productos de aquella zona.
Las instalaciones disponibles en dicha estación para el desarrollo del servicio interesado permiten atender, de momento, el tráfico que se prevé,
En consecuencia, este Ministerio, en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto 1412/1966, de 2 de junio, ha dispuesto:
Se amplía, con carácter provisional, la habilitación de la Delegación de la Aduana de Alicante en la estación de RENFE de Alicante-término para la realización de despachos de exportación de mercancías en general.
Renfe queda obligada á dotar de locales suficientes para el desarrollo del servicio, su mobiliario y enseres, así como los elementos necesarios para el despacho de las mercancías y a su ampliación, según las necesidades del tráfico lo vayan demandando, siendo a su cargo igualmente los correspondientes gastos de mantenimiento y conservación.
Queda facultada esa Dirección General para dictar las normas que fueran precisas para el desarrollo de lo dispuesto.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 13 de enero de 1976.−P. D., el Subsecretario de Hacienda, Fernando Benzo Mestre.
Ilmo. Sr. Director general de Aduanas.
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