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Documento BOE-A-1975-26930

Orden de 9 de diciembre de 1975 sobre autorización de libros y material didáctico destinados a la Formación Profesional.

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 31 de diciembre de 1975, páginas 27071 a 27071 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1975-26930

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor: La Orden ministerial de 2 de diciembre de 1974 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de diciembre), que desarrolla las normas sobre autorización de libros de texto y material didáctico para los diversos niveles y grados de enseñanza, establecidas por Decreto 2531/1974, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 13 de septiembre), dispone que las solicitudes de autorización administrativa deberán presentarse antes del día 1 de enero anterior a la iniciación del curso en que los libros o el material didáctico vayan a ser utilizados.

El Ministerio de Educación y Ciencia ha aprobado muy recientemente los cuestionarios de las nuevas enseñanzas de Formación Profesional correspondientes al curso de acceso de primero a segundo grados (Orden ministerial de 24 de septiembre de 1975, «Boletín Oficial» del Ministerio de 20 de octubre) y al propio segundo grado, tanto en lo que respecta al régimen general o común como al de enseñanzas especializadas (Orden ministerial de 13 de septiembre de 1975, «Boletín Oficial del Ministerio de 27 de octubre, 10 y 17 de noviembre). Ante esta circunstancia se hace preciso habilitar un plazo excepcional de presentación de la solicitud de autorización para los libros y material didáctico que vayan a emplearse en el curso 1976-77 en las enseñanzas antes mencionadas.

En su virtud, este Ministerio ha dispuesto:

1. Las solicitudes de autorización de libros y material didáctico destinados a la Formación Profesional de segundo grado o al curso de acceso de primero a segundo grados de dichas enseñanzas y que vayan a ser utilizados en el año académico 1976-77 deberán presentarse antes del día 1 de mayo de 1976.

2. La autorización que recaiga producirá los efectos determinados en la Orden ministerial de 2 de diciembre de 1974 («Boletín Oficial del Estado» de 16 de diciembre), debiéndose observar los demás requisitos y trámites que establece la citada norma.

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 9 de diciembre de 1975.

MARTINEZ ESTERUELAS

Ilmo. Sr. Director general de Formación Profesional.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 09/12/1975
  • Fecha de publicación: 31/12/1975
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1976
Referencias anteriores
  • AMPLIA el plazo de presentación de Solicitudes mencionado en la Orden de 2 de diciembre de 1974 (Ref. BOE-A-1974-2014).
  • CITA:
    • Orden de 13 de septiembre de 1975 (BOMEC de 27 de octubre, 10 y 17 de noviembre de 1975).
    • Decreto 2531/1974, de 20 de julio (Ref. BOE-A-1974-1494).
Materias
  • Formación profesional
  • Libros de texto
  • Material didáctico

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