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Advertidos errores en el texto del mencionado Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 285, de fecha 27 de noviembre de 1975, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 24795, segunda columna, línea 11, donde dice: «Artículo segundo.–Los peticionarios de cualquier nuevo su-...», debe decir: «Artículo segundo.–Uno. Los peticionarios de cualquier nuevo su-...».
En la página 24796, primera columna, línea 55, donde dice: «dios o estimados, de cada uno de ellos. La participación que co-...», debe decir: «didos o estimados, de cada uno de ellos. La participación que co-...».
En la página 24796, primera columna, línea 59, donde dice: «Las cuotas en enganche o de red se repercutirán en su caso...», debe decir: «Las cuotas de enganche o de red se repercutirán en su caso...».
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