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Advertido error en el texto remitido para su publicación del citado Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 276, de fecha 18 de noviembre de 1975, páginas 24049 y 24050, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el artículo segundo falta el apartado b), cuya redacción es la siguiente:
«b) Incremento, en cómputo anual, establecido en el nuevo Convenio con sujeción a las limitaciones de los artículos primero y segundo del Decreto seiscientos noventa y seis/mil novecientos setenta y cinco, de ocho de abril.»
El apartado «b)» pasa a ser el apartado «c) ».
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