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Documento BOE-A-1975-18646

Decreto 2077/1975, de 24 de julio, por el que se regula la representación del Ministerio de Obras Públicas en el Pleno de la Comisión de Planeamiento y Coordinación del Area Metropolitana de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 212, de 4 de septiembre de 1975, páginas 18795 a 18795 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Vivienda
Referencia:
BOE-A-1975-18646

TEXTO ORIGINAL

El artículo quinto, uno. c), de la Ley ciento veintiuno/mil novecientos sesenta y tres, de dos de diciembre, sobre el Area Metropolitana de Madrid, señala la composición fundamental de la Comisión de Planeamiento y Coordinación de dicha Area, desarrollada, respecto al Pleno, por el artículo diez del Decreto tres mil ochenta y ocho/mil novecientos sesenta y cuatro, de veintiocho de septiembre.

Estimando imprescindible la intervención del Ministerio de Obras Públicas en todos los niveles del planeamiento urbanístico, al objeto de estudiar y prever correctamente las infraestructuras en todos los aspectos de la competencia de dicho Departamento, se considera conveniente que su representación en el Pleno de la Comisión del Area sea de tres miembros con la categoría que dispone el párrafo dos del artículo diez del Decreto de referencia.

En su virtud, a propuesta del Ministro de la Vivienda previo acuerdo del Pleno de la Comisión de Planeamiento y Coordinación del Area Metropolitana de Madrid, de conformidad con lo establecido en el párrafo-cuarto, del artículo diez del Decreto tres mil ochenta y ocho/mil novecientos sesenta y cuatro, de veintiocho de septiembre, y en el artículo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo, con la aprobación de la Presidencia del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día diecisiete de julio de mil novecientos setenta y cinco,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se modifica el apartado g), párrafo primero, del artículo décimo del Decreto tres mil ochenta y ocho/ mil novecientos sesenta y cuatro de veintiocho de septiembre, quedando redactado de la siguiente forma: «Tres representantes del Ministerio de Obras Públicas.».

Artículo 2.

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Así lo dispongo, por el presente Decreto, dado en Madrid a veinticuatro de julio de mil novecientos setenta y cinco.

FRANCISCO FRANCO

El Ministro de la Vivienda,

LUIS RODRIGUEZ MIGUEL

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 24/07/1975
  • Fecha de publicación: 04/09/1975
  • Fecha de entrada en vigor: 04/09/1975
Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado G), párrafo Primero, del art. 10 del Decreto 3088/1964, de 28 de septiembre (Ref. BOE-A-1964-18786).
  • CITA:
Materias
  • Comisión de Planeamiento y Coordinación del Área Metropolitana de Madrid
  • Ministerio de la Vivienda

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