Decreto 967/1971, de 7 de mayo, por el que se reduce con carácter temporal el Impuesto sobre el Lujo que grava la adquisición de vehículos automóviles nuevos con potencia inferior a 9 CV. fiscales.
[Disposición derogada]
Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 8 de mayo de 1971, páginas 7392 a 7393 (2 págs.)
SE DEROGA por el Real Decreto Legislativo 875/1981, de 27 de marzo (Ref. BOE-A-1981-11204).
Ordenado por fecha
SE DEROGA por el Real Decreto Legislativo 875/1981, de 27 de marzo (Ref. BOE-A-1981-11204).
Referencias anteriores
MODIFICA lo indicado del art. 17, C), del texto refundido del Impuesto sobre el Lujo, aprobado por Decreto 3180/1966, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-1967-439).