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Advertidos errores en el texto de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 193, de 13 de agosto de 1971, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 13245, primera columna, en el artículo 19, Ascensos, punto 1.2., línea tercera, donde dice: «Oficiales de primera obreros; Jefes de equipo...», debe decir: «Oficiales de primera obreros, Jefes de equipo...».
En la página 13247, primera columna, en el artículo 32, personal con capacidad disminuida, apartado 1, primera linea, donde dice: «A fin de mantener el trabajo...», debe decir: «A fin de mantener en el trabajo...».
En la página 13250, primera columna, disposición transitoria primera, en el párrafo diecinueve, línea cuarta, donde dice: «...párrafo 3, apartado 3.3.1.», debe decir: «...párrafo 3, apartado 3.2.1.».
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