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Documento BOE-A-1970-710

Decreto-ley 6/1970, de 27 de junio, por el que se prorroga el de 16 de febrero de 1965, que concedió beneficios fiscales a los damnificados por la peste porcina africana.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 30 de junio de 1970, páginas 10244 a 10244 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1970-710

TEXTO ORIGINAL

Por el Ministerio de Agricultura se pone de relieve la persistencia de la epidemia de peste porcina africana, a la vez que solicita para el presente año los beneficios tributarios establecidos por el Decreto-ley tres/mil novecientos sesenta y cinco, de dieciséis de febrero, que han venido prorrogándose para cada uno de los años posteriores a dicha disposición.

Dada la permanencia de la epizootia, la aplicación de un criterio de equidad fiscal requiere la prórroga de las bonificaciones inicialmente concedidas por aquel Decreto-ley respecto a los contribuyentes que hubieren resultado damnificados por la epidemia en el pasado año mil novecientos sesenta y nueve.

En su virtud, a propuesta del Consejo de Ministros en su reunión del día cinco de junio de mil novecientos setenta, en uso de la autorización que me confiere el artículo trece de la Ley constitutiva de las Cortes, textos refundidos de las Leyes Fundamentales del Reino, aprobadas por Decreto de veinte de abril de mil novecientos sesenta y siete, y oída la Comisión a que se refiere el apartado primero del artículo doce de la citada Ley,

DISPONGO:

Articulo primero.

Se prorrogan los beneficios fiscales otorgados por el Decreto-ley tres/mil novecientos sesenta y cinco, de dieciséis de febrero, respecto a las fincas dedicadas a la cría, recría y cebado de ganado de cerda que hubieran resultado damnificadas por la peste porcina africana en el año mil novecientos sesenta y nueve, aplicándose esta bonificación tributaria a la contribución correspondiente al ejercido de mil novecientos setenta.

Artículo segundo.

El Ministerio de Hacienda podrá dictar las disposiciones complementarias para la ejecución de lo prevenido en este Decreto-ley, del que se dará cuenta inmediata a las Cortes.

Así lo dispongo por el presente Decreto-ley, dado en Barcelona a veintisiete de junio de mil novecientos setenta.

FRANCISCO FRANCO

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 27/06/1970
  • Fecha de publicación: 30/06/1970
  • Fecha de entrada en vigor: 20/07/1970
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DESARROLLA por Orden de 24 de septiembre de 1970 (Ref. BOE-A-1970-1076).
Referencias anteriores
Materias
  • Enfermedad animal
  • Ganado porcino
  • Sanidad veterinaria

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