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Advertido error en el texto remitido para su publicación del citado Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 11, de fecha 13 de enero de 1969, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 584, segunda columna, artículo quinto, párrafo segundo, líneas primera y segunda, donde dice: «... en el mes de septiembre de cada ejercicio económico dichos Servicios deberán formular...», debe decir: «... en el mes de septiembre de cada ejercicio económico dichos Centros y Servicios deberán formular...»
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