Contido non dispoñible en galego
Advertidos errores en el texto del citado Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 227, de fecha 20 de septiembre de 1968, páginas 13517 y 13518, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el artículo noveno, segundo párrafo, final de la penúltima línea, donde dice: «...el tipo máximo anual...», debe decir: «...el tope máximo anual...».
En el artículo décimo, como encabezamiento de la columna de la derecha de la escala que el mismo establece, dice: «Pesetas», y debe decir: «Pesetas día».
En dicha escala, la última línea dice: «Cualquiera que sea su actividad...», y debe decir: «Cualquiera que sea su edad o actividad...».
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