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Documento BOE-A-1946-2452

Dirección General de Previsión.- Relación de las Mutualidades Agrícolas que no podrán reanudar sus actividades sin obtener antes de esta Dirección General, Sección de Accidentes del Trabajo, la debida autorización.

Publicado en:
«Boletín Oficial del Estado» núm. 57, de NaN de de 1946, páginas 1516 a 1516 (1 pág.)
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1946-2452
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