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Documento BOCT-c-1994-90002

Ley 5/1994, de 29 de marzo, de modificación presupuestaria de la Ley 5/1993 en aplicación de la Ley 9/1993 para financiar actuaciones pendientes de comprometer del objetivo número 2 en materia de carreteras y de abastecimientos y saneamientos, así como para financiar la conservación ordinaria de carreteras, vías y obras, servicio de puertos y servicio hidráulico, por un importe global de 1.187.175.387 pesetas.

Publicado en:
«BOCT» núm. 4, de 29 de marzo de 1994, páginas 15 a 18 (4 págs.)
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOCT-c-1994-90002

TEXTO ORIGINAL

EL PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN REGIONAL DE CANTABRIA

Conózcase que la Asamblea Regional de Cantabria ha aprobado y yo, en nombre de Su Majestad el Rey, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15.2 del Estatuto de Autonomía para Cantabria, promulgo la siguiente:

Ley de Cantabria 5/1994, de 29 de marzo, de modificación presupuestaria de la Ley 5/1993 en aplicación de la Ley 9/1993 para financiar actuaciones pendientes de comprometer del objetivo número 2 en materia de carreteras y de abastecimientos y saneamientos, así como para financiar la conservación ordinaria de carreteras, vías y obras, servicio de puertos y servicio hidráulico, por un importe global de 1.187.175.387 pesetas

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El 28 de enero de 1993 se aprobó en Bruselas una «Decisión de la Comisión por la que se aprobaba el programa operativo para las zonas de declive industrial para el período 1992/1993 (objetivo numero 2)». El artículo 4, párrafo primero de la citada decisión establece que los fondos del programa operativo deberán estar específicamente asignados antes del 31 de diciembre de 1993.

Recientemente la Comisión de la Comunidad Económica Europea, en la actualidad Unión Europea, acordó conceder una prórroga de tres meses, hasta el 31 de marzo de 1994, para adjudicar las cantidades pendientes de comprometer de los programas operativos del FEDER 1992/1993 en la zona del objetivo número 2 de Cantabria.

Los compromisos efectuados hasta la fecha en materia de carreteras, así como en materia de infraestructura hidráulica, proceden de los créditos aprobados inicialmente e incluidos en las Leyes 3/1993, de 10 de marzo, y 5/1993, de 6 de mayo, de Presupuestos Generales de la Diputación Regional de Cantabria para 1992 y 1993 respectivamente, y de sus modificaciones aprobadas en Consejo de Gobierno, de 2 de julio, 29 de julio y 7 de octubre de 1993. No habiéndose podido adjudicar inversiones por los totales previstos en 1993, debido a las bajas de subasta habidas en las adjudicaciones de las obras, se encuentran pendientes de comprometer las siguientes cantidades por los diferentes conceptos que se citan: carreteras por un importe de 185.991.427 pesetas; abastecimientos y saneamientos por un importe de 296.445.609 pesetas, incrementándose dichas cantidades con motivo de la indexación del Ecu, dando como resultado los siguiente:

Carreteras, 543.571.427 pesetas y abastecimientos y saneamientos, 365.155.609 pesetas. Para ello el Consejo de Gobierno de 13 de enero de 1994 aprobó el expediente de prórroga del presupuesto número 24/1994 de la consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo, en el que figuran diversos créditos que financiaban, en el ejercicio 1993, varias actuaciones incluidas en el objetivo número 2.

Por otro lado, es imprescindible consignar cantidades para la debida atención de las tareas de mantenimiento y conservación tanto de las carreteras regionales como municipales, así como de los puertos gestionados y de las depuradoras de planes hidráulicos pertenecientes a la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo.

No existiendo en los presupuestos prorrogados de esta Diputación Regional de Cantabria de 1993 crédito adecuado para la financiación de los gastos antes mencionados, procede la aplicación de lo dispuesto en el artículo 39.1 de la Ley de Finanzas en lo concerniente a créditos extraordinarios.

Artículo primero.

Se concede un crédito extraordinario de mil trescientos veintitrés millones setecientas veintisiete mil treinta y seis (1.323.727.036) pesetas, al objeto de financiar las siguientes inversiones:

1) Actuaciones incluidas en el objetivo número 2 en materia de carreteras, por un importe de quinientos cuarenta y tres millones quinientas setenta y una mil cuatrocientas veintisiete (543.571.427) pesetas.

2) Actuaciones incluidas en el objetivo número 2 en materia de infraestructura hidráulica, por un importe de trescientos sesenta y cinco millones ciento cincuenta y cinco mil seiscientas nueve (365.155.609) pesetas.

3) Conservación ordinaria por gestión directa del servicio de vías y obras, por un importe de cincuenta millones (50.000.000) de pesetas.

4) Conservación ordinaria por gestión directa del servicio de carreteras regionales, por un importe de doscientos millones (200.000.000) de pesetas.

5) Conservación ordinaria por gestión directa del servicio de puertos, por un importe de cuarenta millones (40.000.000) de pesetas.

6) Conservación ordinaria por gestión directa del servicio hidráulico, por un importe de ciento veinticinco millones (125.000.000) de pesetas.

Artículo segundo.

Las aplicaciones presupuestarias serán las siguientes:

1) Actuaciones incluidas en el objetivo número 2 en materia de carreteras.

– Sección 4, Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo; servicio 3, Dirección Regional de Obras Públicas; programa 5132, actuaciones en materia de infraestructura de carreteras regionales; concepto 657, bienes destinados al uso general; subconcepto 1, actuaciones incluidas en el objetivo número 2; partidas 17, otras actuaciones, por un importe global de cuatrocientos setenta y cinco millones seiscientas sesenta y siete mil doscientas cinco (475.667.205) pesetas.

2) Actuaciones incluidas en el objetivo número 2 en materia de infraestructura hidráulica.

– Sección 4, Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo; servicio 4, Dirección Regional de Obras Hidráulicas; programa 4411, actuaciones en materia de infraestructura hidráulica; concepto 647, bienes destinados al uso general; subconcepto 2, actuaciones incluidas en el objetivo número 2; partida 3, otras actuaciones, por un importe de trescientos sesenta y cinco millones ciento cincuenta y cinco mil seiscientas nueve (365.155.609) pesetas.

3) Conservación ordinaria por gestión directa del servicio de vías y obras.

– Sección 4, Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo; servicio 3, Dirección Regional de Obras Públicas; programa 5131, actuaciones en la red municipal; concepto 652, edificios y otras construcciones; subconcepto 0, actuaciones de conservación; partida 1, conservación ordinaria por gestión directa, por un importe de un millón (1.000.000) de pesetas.

– Sección 4, Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo; servicio 3, Dirección Regional de Obras Públicas; programa 5131, actuaciones en la red municipal; concepto 653, maquinaria, instalación y utillaje, subconcepto 0, actuaciones de conservación; partida 1, conservación ordinaria por gestión directa, por un importe de nueve millones (9.000.000) de pesetas.

– Sección 4, Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo; servicio 3, Dirección Regional de Obras Públicas; programa 5131, actuaciones en la red municipal; concepto 657, bienes destinados al uso general; subconcepto 0, actuaciones de conservación; partida 1, conservación ordinaria por gestión directa, por un importe de treinta y nueve millones (39.000.000) de pesetas.

– Sección 4, Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo; servicio 3, Dirección Regional de Obras Públicas, programa 5131, actuaciones en la red municipal; concepto 658, otro inmovilizado material; subconcepto 0. Actuaciones de conservación; partida 1, conservación ordinaria por gestión directa, por un importe de un millón (1.000.000) de pesetas.

4) Conservación ordinaria por gestión directa del servicio de carreteras regionales.

– Sección 4, Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo; servicio 3, Dirección Regional de Obras Públicas; programa 5132, actuaciones en materia de infraestructura de carreteras regionales; concepto 652, edificios y otras construcciones; subconcepto 0, actuaciones de conservación; partida 1, conservación ordinaria por gestión directa, por un importe de cinco millones (5.000.000) de pesetas.

– Sección 4, Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo; servicio 3, Dirección Regional de Obras públicas; programa 5132, actuaciones en materia de infraestructura de carreteras regionales; concepto 653, maquinaria, instalación y utillaje; subconcepto 0, actuaciones de conservación; partida 1, conservación ordinaria por gestión directa, por un importe de treinta millones (30.000.000) de pesetas.

– Sección 4, Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo; servicio 3, Dirección Regional de Obras Públicas; programa 5132, actuaciones en materia de infraestructura de carreteras regionales; concepto 657, bienes destinados al uso general; subconcepto 3, actuaciones de conservación; partida 1, conservación ordinaria por gestión directa, por un importe de ciento sesenta millones (160.000.000) de pesetas.

– Sección 4, Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Organismo; servicio 3, Dirección Regional de Obras Públicas; programa 5132, actuaciones en materia de infraestructura de carreteras regionales; concepto 658, otro inmovilizado material; subconcepto 0, actuaciones de conservación; partida 1, conservación ordinaria por gestión directa, por un importe de cinco millones (5.000.000) de pesetas.

5) Conservación ordinaria por gestión directa del Servicio de Puertos.

– Sección 4, Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Organismo; servicio 3, Dirección Regional de Obras Públicas; programa 5141, puertos; concepto 652, edificios y otras construcciones; subconcepto 0, actuaciones de conservación; partida 1, conservación ordinaria por gestión directa, por un importe de dieciocho millones (18.000.000) de pesetas.

– Sección 4, Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo; servicio 3, Dirección Regional de Obras Públicas; programa 5141, puertos; concepto 653, maquinaria, instalación y utillaje; subconcepto 0, actuaciones de conservación; partida 1, conservación ordinaria por gestión directa, por un importe de dos millones (2.000.000) de pesetas.

– Sección 4, Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Urbanismo; servicio 3, Dirección Regional de Obras Públicas; programa 5141, puertos; concepto 657, bienes destinados al uso general; subconcepto 0, actuaciones de conservación; partida 1, conservación ordinaria por gestión directa, por un importe de veinte millones (20.000.000) de pesetas.

6) Conservación ordinaria por gestión directa del Servicio Hidráulico.

– Sección 4, Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Organismo; servicio 4, Dirección Regional de Obras hidráulicas; programa 4411, actuaciones en materia de infraestructura hidráulica; concepto 643, maquinaria, instalación y utillaje; subconcepto 0, actuaciones de conservación; partida 1, conservación ordinaria por gestión directa, por un importe de ciento veinticinco millones (125.000.000) de pesetas.

Artículo tercero.

El crédito extraordinario a que se refiere el artículo primero se financiará con baja en los créditos del vigente presupuesto por el mismo importe global de 1.323.727.036 pesetas, según desglose presupuestario e importes que se detallan en anexo único a la presente Ley.

Artículo cuarto.

Las inversiones a realizar en materia de carreteras y de abastecimientos y saneamientos, incluidas en el objetivo número 2 son las que a continuación se indican:

– Obra en la carretera del tramo: El Alvareo-Escalante, por un importe de 4.499.870 pesetas.

– Obra en la carretera del tramo: Cabezón de la Sal-Comillas, por un importe de 9.318.014 pesetas.

– Obra en la carretera del tramo: Polanco-Requejada, por un importe de 4.576.370 pesetas.

– Obra en la carretera del tramo: Viveda-Suances, por un importe de 2.804.641 pesetas.

– Obra en la carretera del tramo: Castro Urdiales-Otañes, por un importe de 958.904 pesetas.

– Obra en la carretera del tramo: Riocorvo-Ibio, por un importe de 11.936.793 pesetas.

– Obra en la carretera del tramo: Lierganes-San Roque de Riomiera, Ayuntamiento de Liérganes, por un importe de 1.968.704 pesetas.

– Obra en la carretera del tramo: Solares-La Cavada, por un importe de 3.529.148 pesetas.

– Obra en la carretera del tramo: S-510 de la N-634 a Trucios, Ayuntamiento de Guriezo, por un importe de 8.000.000 de pesetas.

– Obra en la carretera del tramo: Ramal de N-611 a Cieza, por un importe de 2.200.000 pesetas.

– Obra en la carretera del tramo: Cabezón de la Sal-Cabuerniga, Ayuntamiento de Mazcuerras, por un importe de 30.683.954 pesetas.

– Carretera del tramo: Fresno-Secadura-Riolastras, por un importe de 86.071.901 pesetas.

– Carretera del tramo: Llueva-San Miguel de Aras; Llueva-Fuente las Varas, por un importe de 78.699.850 pesetas.

– Carretera del tramo: Estrada de Hoz-Mortera de Hoz-El Calvario-Liermo-Horna, por un importe de 82.791.904 pesetas.

– Carretera del tramo: Las Presillas-Zurita-Puente Viesgo-Corrobarceno- Penilla-Soto Iruz-Acereda, por un importe de 94.416.708 pesetas.

– Carretera del tramo: Nocina-S-510; Angostina-El Puente (Guriezo); Aguero-Llaguno, y Seña-N-634, por un importe de 52.469.239 pesetas.

– Saneamiento en el término municipal de Colindres, por un importe de 45.808.513 pesetas.

– Saneamiento en el término municipal de Santa María de Cayon, por un importe de 40.000.000 de pesetas.

– Saneamiento y depuración en el término municipal de Santoña-Berria, por un importe de 170.000.000 de pesetas.

– Saneamiento en La Cavada, Segunda Fase, por un importe de 6.999.122 pesetas.

– Saneamiento en Medio Cudeyo, segunda fase, por un importe de 14.151.639 pesetas.

– Saneamiento em Pámanes, segunda fase, por un importe de 14.151.639 pesetas.

– Plan Alto de la Cruz (Ayuntamiento de Voto, Solorzano, Hazas de Cesto y Barcena de Cicero), por un importe de 43.181.676 pesetas.

– Colector de pluviales en el casco antiguo de Comillas, por un importe de 25.000.000 de pesetas.

Con motivo de la posible indexación del Ecu y al objeto de prever nuevas actuaciones que puedan absorber el aumento de la dotación del objetivo 2 en materia de carreteras, así como de abastecimientos y saneamientos, se incluyen como proyectos a ejecutar con dichos recursos los de obras en las carreteras de los tramos: Cabezón de la Sal-Comillas; Llueva-San Miguel de Aras; Liendo-Limpias; carretera del tamo: Nocina-S-510; Angostina el Puente (Guriezo), Aguero-Llaguno, Seña-N-634; acceso al hospital Comarcal desde Reocin-Santillana del Mar y el abastecimiento de agua al Plan Alto de la Cruz.

Disposición final primera.

Debido a la duración de su plazo de ejecución, se aprueba la financiación bianual de las dos obras que a continuación se describen con indicación de sus anualidades, de acuerdo con lo previsto en el artículo segundo de la Ley 9/2993, de 28 de diciembre:

– Acondicionamiento. Mejora del firme. Carreteras: Nocina-S-510; Angostina-El Puente (Guriezo); Aguero-Llaguno; Seña-N-634, con un presupuesto de ejecución por contrata de 71.804.153 pesetas, distribuido en las siguientes anualidades; anualidad 1994, 52.469.239 pesetas, y anualidad 1995, 19.334.914 pesetas.

– Abastecimiento de agua al Plan Alto de la Cruz, con un presupuesto de ejecución por contrata de 199.975.065 pesetas, siguientes anualidades: Anualidad 1994, 43.181.676 pesetas, y 1995, 156.793.389 pesetas.

Disposición final segunda.

Se autoriza al Consejo de Gobierno de la Diputación Regional de Cantabria a dictar las disposiciones precisas para el desarrollo y aplicación de la presente Ley.

Disposición final tercera.

La presente ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Cantabria»

Santander 29 de marzo de 1994.

El presidente de la Diputación Regional de Cantabria,

JUAN HORMAECHEA CAZÓN

ANEXO

Desglose por aplicaciones presupuestarias e importes de créditos que son objeto de baja para financiar la Ley de modificación presupuestaria de la Ley 5/1993 en aplicación de la Ley 9/1993, por importe de 1.187.175.387 pesetas, para financiar actuaciones pendientes de comprometer del objetivo número 2 en materia de carreteras y abastecimientos y saneamientos, así como para financiar la conservación ordinaria de carreteras, vías y obras, servicios de puertos y servicio hidráulico.

Aplicaciones presupuestarias

+

Importe pesetas

Ppto.

Sección

Servicio

Programa

Concepto

Sbto./Part.

P

04

3

513.2

657

1/1

7.500.000

P

04

3

513.2

657

1/2

106.170.778

P

04

3

513.2

657

1/3

166.950.000

P

04

3

513.2

657

1/4

71.250.000

P

04

3

513.2

657

1/5

130.1296.427

P

04

3

513.2

657

1/6

17.437.500

P

04

3

513.2

657

1/7

63.364.500

P

04

3

513.2

657

1/12

31.352.573

P

04

3

513.2

657

1/13

75.000.000

P

04

3

513.2

657

2/1

10.000.000

P

04

3

513.2

657

2/4

74.300.000

P

04

3

513.2

657

2/7

25.000.000

P

04

3

513.2

657

2/8

77.000.000

P

04

3

513.2

657

2/15

47.160.000

P

04

3

513.2

657

2/16

8.203.609

P

04

0

511.1

659

1/1

59.124.000

P

04

3

513.1

657

1/1

3.716.000

P

04

3

513.1

657

2/1

10.000.000

P

04

3

514.1

657

1/1

1.500.000

P

04

4

441.1

647

2/1

31.650.000

P

04

4

441.4

647

2/2

145.200.000

P

04

4

441.4

647

3/1

25.000.000

Importe total

1.187.175.387

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 29/03/1994
  • Fecha de publicación: 29/03/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 29/03/1994
  • Aplicable desde el 29 de marzo de 1994.
Referencias anteriores
  • MODIFICA la Ley 5/1993, de 6 de mayo (Ref. BOE-A-1993-21443).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 15.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1982-635).
Materias
  • Cantabria
  • Carreteras
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Presupuestos de las Comunidades Autónomas
  • Urbanismo

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