Advertido error en la Ley 2/2026, de 11 de junio, de medidas urgentes para el incremento de la Oferta de Vivienda con Protección Pública, en el Artículo primero.- Modificación de la Ley 3/2024, de 28 de junio, de medidas urbanísticas para la promoción de vivienda protegida, se procede a su corrección, en virtud de lo dispuesto por el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el siguiente sentido:
En el Artículo primero, Apartado Dos. “Se añade un artículo tercero con la siguiente redacción: Artículo tercero. Incremento de edificabilidad y densidad en parcelas destinadas a la construcción de viviendas con protección pública”, punto 3:
Donde dice:
“, y las obras deberán estar ejecutadas, debidamente terminadas y aptas para su destino específico en un plazo máximo de tres años desde su.”
Debe decir:
“, y las obras deberán estar ejecutadas, debidamente terminadas y aptas para su destino específico en un plazo máximo de tres años desde su inicio.”
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