Acuerdo Especial Multilateral RID 3/2020 en virtud de la Sección 1.5.1 del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), relativo a la inspección periódica y ensayo de recipientes a presión para el transporte de gases de la Clase 2, hecho en Madrid el 2 de abril de 2020.
Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 11/04/2020.
Entrada en vigor:
02/04/2020
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Vigencia, en la forma indicada en el apartado 4, hasta el 31 de agosto de 2020.
Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 6 de abril de 2020.
Referencias anteriores
DE CONFORMIDAD con:
la sección 1.5.1 del anexo Reglamento (RID 2019) relativo al Convenio de 17 de febrero de 1984 (COTIF) (Ref. BOE-A-2019-9138) y (Ref. BOE-A-1986-1359).
Materias
Acuerdos internacionales
Ferrocarriles
Mercancías peligrosas
Seguridad industrial
Transporte de mercancías
Transportes internacionales
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico