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Legislación consolidada

Acuerdo Multilateral RID 2/2020 en virtud de la Sección 1.5.1 del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), relativo a inspecciones periódicas o intermedias de cisternas de conformidad con los apartados 6.8.2.4.2, 6.8.2.4.3, 6.8.3.4.6, 6.8.3.4.12, 6.9.5.2 y 6.10.4 del RID, hecho en Madrid el 25 de marzo de 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 10/04/2020.
Entrada en vigor:
25/03/2020
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2020-4401
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2020/03/25/(2)/con

Índice: «Última actualización, publicada el 10/04/2020»

El presente Acuerdo es válido hasta el 1 de septiembre de 2020, según establece el punto (2), por lo que debe entenderse que ha perdido su vigencia.

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