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Resolución de 4 de noviembre de 2025, de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad, por la que se publica el Reglamento de determinación de los cánones ferroviarios ADIF-Alta Velocidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 25/11/2025.
Entrada en vigor:
01/12/2025
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-A-2025-23895
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2025/11/04/(2)/con

Índice: «Última actualización, publicada el 25/11/2025»

[Parte_dispositiva]

[Firma]

ANEXO. Reglamento de determinación de los cánones ferroviarios de ADIF-Alta Velocidad (ADIF-AV)

[Preámbulo]

TÍTULO I. Disposiciones Generales

TÍTULO II. Cánones de acceso mínimo a las líneas ferroviarias integrantes de la Red Ferroviaria de Interés General y de acceso a infraestructuras que conecten con instalaciones de servicio

TÍTULO III. Cánones por la utilización de instalaciones de servicio de titularidad y gestión exclusiva de los administradores generales de infraestructura

TÍTULO IV. Financiación del déficit de cobertura del administrador de infraestructuras ferroviarias ADIF-Alta Velocidad

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

ANEXO I. Definición de tipos de línea, de servicio, de tracción, definición de los segmentos y módulos horarios para establecer los recargos

ANEXO II. Relaciones donde se establece un recargo para los servicios VL1 que circulen por las líneas tipo a que se describen

ANEXO III. Categorías de las estaciones de viajeros y definición de los tipos de trenes, paradas y viajeros para los efectos de la modalidad regulada en el artículo 6

ANEXO IV. Descripción y forma de cálculo de la liquidación de la adición al canon por adjudicación de capacidad (7A1) para las distintas tipologías de trenes: trenes de servicios comerciales de viajeros y mercancías, trenes técnicos y trenes de formación


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