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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 2/2025, de 2 de abril, de Simplificación Administrativa de Cantabria.

Publicado en:
«BOCT» núm. 66, de 04/04/2025, «BOE» núm. 132, de 02/06/2025.
Entrada en vigor:
05/04/2025
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2025-10884
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-cb/l/2025/04/02/2/con

Índice: «Última actualización, publicada el 04/04/2025»

[Preámbulo]

TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales

TÍTULO I. Medidas generales de simplificación administrativa

CAPÍTULO I. Deber general de simplificación

CAPÍTULO II. Organización administrativa para la simplificación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y su sector público institucional

CAPÍTULO III. Gestión coordinada, colaboración y formación

TÍTULO II. Simplificación de la actividad administrativa

CAPÍTULO I. Plazo máximo de los procedimientos y silencio administrativo

CAPÍTULO II. Emisión de informes y dictámenes

CAPÍTULO III. Proyectos Empresariales Estratégicos de Cantabria

CAPÍTULO IV. Racionalización de la intervención administrativa

CAPÍTULO V. Régimen de intervención administrativa en el ejercicio de actividades económicas

CAPÍTULO VI. Entidades colaboradoras de certificación

CAPÍTULO VII. Entidades habilitadas

TÍTULO III. Eficacia del principio de unidad de mercado

TÍTULO IV. Avance en la transformación digital

TÍTULO V. Régimen Sancionador

TÍTULO VI. Medidas de carácter normativo

CAPÍTULO I. Medidas en materia de régimen jurídico, subvenciones, transparencia y formación

CAPÍTULO II. Medidas en materia de patrimonio y fundaciones

CAPÍTULO III. Medidas en materia de seguridad ciudadana, espectáculos públicos y actividades recreativas

CAPÍTULO IV. Medidas en materia de aguas, urbanismo y medio ambiente

CAPÍTULO V. Medidas en materia de finanzas

CAPÍTULO VI. Medidas en materia de patrimonio cultural y albergues turísticos

CAPÍTULO VII. Medidas en materia de conservación de la naturaleza

CAPÍTULO VIII. Medidas en materia de artesanía y cooperativas

CAPÍTULO IX. Medidas en materia de salud

CAPÍTULO X. Medidas en materia de educación en el tiempo libre y juventud

CAPÍTULO XI. Medidas relativas al Consejo de la Mujer

CAPÍTULO XII. Medidas en materia de servicios sociales

CAPÍTULO XIII. Medidas en materia de vivienda

CAPÍTULO XIV. Medidas en materia de ciencia e innovación

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]


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